El Juzgado de Lo Social nº16 de Valencia ha dictaminado, en sentencia firme, que confirma la resolución de 6 de agosto de 2015 dictada por la Oficina Pública de Depósito de Estatutos y Actas de elecciones en la que no daba por válida la revocación de los integrantes de CGT en el Comité de empresa de Marktel Teleservicios.

De esta manera, el juez absuelve a Generalitat Valenciana y a la Confederación General del Trabajo “de las pretensiones deducidas en su contra” por CSI-F y los tres promotores de la asamblea que pretendía revocar a las delegadas de la CGT, sindicato con mayoría absoluta en el Comité al contar con cinco delegadas de un total de nueve representantes.

De esta manera, el juez absuelve a Generalitat Valenciana y a la Confederación General del Trabajo “de las pretensiones deducidas en su contra” por CSI-F y los tres promotores de la asamblea que pretendía revocar a las delegadas de la CGT, sindicato con mayoría absoluta en el Comité al contar con cinco delegadas de un total de nueve representantes.

Pese a que la Autoridad Laboral no aceptó la revocación en su día, la empresa decidió negar la condición de representantes sindicales a las delegadas de CGT “argumentando”, tal y como informa la Sección Sindical de CGT en Marktel Teleservicios, “que la resolución había sido demandada por los promotores y CSI-F. Un hecho que retrata muy bien el interés de la empresa”.

Este juicio se enmarca en el conflicto entre la dirección de Grupo Marktel en Valencia, compañía de contact center caracterizada por su escaso respeto a los derechos adquiridos de los trabajadores, y el sindicato CGT. Organización sindical ésta que consiguió la anulación de un convenio de empresa cuyas condiciones sociolaborales eran inferiores a las contempladas en el convenio sectorial.

En este sentido, cabe destacar que está en trámite en el Juzgado de lo Social un procedimiento de conflicto colectivo a instancia de CGT contra la empresa, CSIF y UGT con el objetivo de que se aplique el Convenio colectivo del sector de Contact Center en lugar del de empresa que continúan imponiendo pese a no estar legalizado.

Asimismo, la CGT ha interpuesto una demanda en materia de tutela de derechos fundamentales contra Marktel Teleservicios SL y Marktel Servicios de Marketing Telefónico SA.

Por último, también está pendiente de resolución en los tribunales el despido, a todas luces nulo de derecho, de la delegada sindical Pepa Vañó.

Gabinete de Prensa CGT-PV

Valencia, 27 noviembre 2015

Resolución de Generalitat objeto de la demanda: https://www.cgt-telemarketing.es/docattach/665/RESOLUCI%C3%93N-CONSELLERIA-MARKTEL-TELESERVICIOS.pdf

http://www.cgtpv.org/El-jutjat-tomba-la-pretensio-de-CSIF-d-anul-lar-la-resolucio-de-Generalitat-que.html


Fuente: Gabinete de Prensa CGT-PV