El juzgado de lo social nº 12 de Madrid ha condenado a Catsa (‘call center’ de Sogecable) por vulnerar el derecho a la libertad sindical. La magistrada del juzgado de primera instancia da la razón así a la Confederación General del Trabajo, que demandó a Catsa en tutela de derechos fundamentales.

El juzgado de lo social nº 12 de Madrid ha condenado a Catsa (‘call center’ de Sogecable) por vulnerar el derecho a la libertad sindical. La magistrada del juzgado de primera instancia da la razón así a la Confederación General del Trabajo, que demandó a Catsa en tutela de derechos fundamentales.

La sentencia conmina a la empresa a ‘cesar de inmediato en los comportamientos que atentan contra la libertad sindical’. Sogecable y la CGT han dirimido un nuevo enfrentamiento en los tribunales con motivo del call center de la compañía, Catsa, encargado de atender a los clientes de Digital+. En esta ocasión, el juzgado de los social número 12 de Madrid ha entendido que la empresa ha vulnerado el derecho a la libertad sindical, por lo que le conmina a ‘cesar de inmediato en los comportamientos que atentan contra la libertad sindical’, al quedar acreditado por parte del sindicato demandante ‘la existencia de indicios suficientes’ sobre esta materia. Tras entender que la sociedad de Sogecable ha llevado a cabo ‘medidas no justificadas y claramente arbitrarias’ la juez declara ‘vulnerado el derecho a la libertad sindical con la conducta de la empresa demandada’ así como ‘la nulidad de dicha conducta empresarial’.

Hay que recordar que el conflicto entre ambas partes se remonta tiempo atrás, cuando, según afirma el propio sindicato, Catsa y Sogecable también fueron condenados en firme, tras auto del Tribunal Supremo, por fraude en la contratación, así como por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en aquella ocasión por incumplimiento del convenio.

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