Según el juez la jurisprudencia establecida por el Tribunal Supremo excluye la posibilidad de juzgar a los autores de los actos cometidos durante la Guerra Civil y la posguerra.

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 2 de Órgiva (Granada) ha acordado el sobreseimiento provisional de la causa abierta tras el hallazgo, el pasado verano, de restos humanos con signos de violencia, concretamente un cráneo con un orificio por probable herida de arma de fuego, en fosas comunes de la posguerra situadas en el antiguo cementerio de la localidad alpujarreña granadina.

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 2 de Órgiva (Granada) ha acordado el sobreseimiento provisional de la causa abierta tras el hallazgo, el pasado verano, de restos humanos con signos de violencia, concretamente un cráneo con un orificio por probable herida de arma de fuego, en fosas comunes de la posguerra situadas en el antiguo cementerio de la localidad alpujarreña granadina.

El hallazgo se produjo durante las excavaciones llevadas a cabo en la zona a instancias de la Dirección General de Memoria Democrática de la Junta de Andalucía, que promovió el comienzo de los trabajos tras la denuncia presentada por Mónica Fernández González, quien puso en su conocimiento la existencia en el antiguo cementerio de una fosa con cinco personas fusiladas el 18 de julio de 1947.

El juzgado abrió diligencias el pasado 2 de julio de este año; tres días más tarde, la Dirección General le trasladó los resultados de una investigación preliminar realizada acerca de las dos fosas comunes encontradas, aportando, entre otros documentos, el análisis antropológico de los restos óseos encontrados, aunque incidiendo en la dificultad de su identificación genética, puesto que no tenían conexión anatómica y pertenecían a distintos individuos.

El Instituto de Medicina Legal de Granada también informó al respecto el 26 de julio, concluyendo que los restos son de una data superior a los 50 años e inferior a los 100, que pertenecen a un varón de entre 33 y 50 años, y que el cráneo encontrado presentaba lesiones por arma de fuego, con orificio de entrada y de salida.

Sin embargo, el Ministerio Fiscal interesó el sobreseimiento provisional de las actuaciones, que ahora ordena el Juzgado, que recuerda que, según la jurisprudencia establecida por el Tribunal Supremo, excluida la posibilidad de juzgar a los autores de los actos cometidos durante la Guerra Civil y la posguerra, el instructor puede llevar a cabo las diligencias necesarias para identificar los restos de las posibles víctimas que, en este caso, no han arrojado resultados concluyentes.

De hecho, señala que la investigación llevada a cabo para concretar la data del cráneo, “único resto óseo” de los encontrados con indicios de muerte violenta, no ha hecho posible encontrar su conexión anatómica con el resto de los huesos, “probablemente porque la fosa fue trasladada de ubicación en los años cincuenta”, según consta en la resolución, a la que ha tenido acceso Europa Press.

Asimismo, para la titular del Juzgado, “resulta bastante gravoso” la identificación genética de los restos, “debido a las condiciones en las que se ha producido el hallazgo”, con lo que todas esas “limitaciones” le llevan a acordar el sobreseimiento, “sin perjuicio de que pudieran reaperturarse” las diligencias “si surgieran nuevos datos”.

Más información: www.andalucesdiario.es/ciudadanxs/el-juez-archiva-la-causa-abierta-tras-el-hallazgo-de-restos-oseos-en-las-fosas-de-orgiva/

Texto extraído: www.cgtandalucia.org/Orgiva-Granada-El-juez-archiva-la


Fuente: andalucesdiario.es