El Gobierno proyecta la rehabilitación "moral, simbólica y solemne" de las víctimas de la represión de los dos bandos de la Guerra Civil y de la dictadura del general Francisco Franco a través de un proyecto de ley que elabora una comisión presidida por la vicepresidenta María Teresa Fernández de la Vega, según fuentes gubernamentales. La rehabilitación no incluirá la revisión de sentencias de consejos de guerra, ya que el Gobierno pretende evitar efectos perturbadores y discriminatorios.
El Ejecutivo busca restablecer la dignidad de los represaliados sin revisar consejos de guerra
El Gobierno proyecta la rehabilitación «moral, simbólica y solemne» de las víctimas de la represión de los dos bandos de la Guerra Civil y de la dictadura del general Francisco Franco a través de un proyecto de ley que elabora una comisión presidida por la vicepresidenta María Teresa Fernández de la Vega, según fuentes gubernamentales. La rehabilitación no incluirá la revisión de sentencias de consejos de guerra, ya que el Gobierno pretende evitar efectos perturbadores y discriminatorios.
La Fiscalía del Estado tampoco va a impulsar la revisión de los procesos militares franquistas. Según las fuentes consultadas, el Gobierno trata de restablecer por ley, a lo largo de esta legislatura, la dignidad de los condenados, «mediante un restablecimiento simbólico, moral y rehabilitador de su dignidad», lo que no incluirá una revisión judicial que contradiga los efectos de cosa juzgada de las sentencias, que son irrecurribles.
La intención del Gobierno es, según dichas fuentes, totalmente contraria a quebrar la seguridad jurídica, dado que las sentencias no son revisables y no van a ser revisadas.
Las mismas fuentes explicaron que la revisión judicial de las sentencias tendría efectos muy perturbadores, porque podría abrir el cauce a nuevas discriminaciones : «Abrir la vía de la revisión judicial daría lugar ineluctablemente a muchas controversias, agravios comparativos, discriminación y casos dudosos o fronterizos como, por ejemplo, las condenas a muerte por delitos que fueron considerados comunes, pero con trasfondo político, como las de muchos maquis fusilados bajo la acusación de asesinos o ladrones».
La Constitución derogó las normas vigentes incompatibles con ella, pero no la totalidad del ordenamiento jurídico ni sus efectos. Por tanto, los efectos jurídicos de aquellas normas se mantienen y las sentencias no van a ser revisadas, añadieron las citadas fuentes. En el caso de que hubiera solicitudes de rehabilitación específicas, «la opción más razonable sería proclamar solemnemente que dichas personas sufrieron una violación de sus derechos fundamentales en actos contrarios a los valores democráticos».
Las mismas fuentes apuntaron que la revisión de procesos judiciales se estudió en Europa durante los procesos de desnazificación y tras las dictaduras de Italia y Portugal y se llegó a la conclusión de que la continuidad del ordenamiento jurídico impide la revisión de condenas, porque daría lugar a «una inseguridad jurídica inmanejable».
Posición de la fiscalía
La postura del Ejecutivo coincide con la del fiscal general del Estado, Cándido Conde-Pumpido, quien ha manifestado a través de un comunicado que no tiene intención de promover la revisión individual de los procesos militares celebrados durante el franquismo.
Según la fiscalía, la revisión de un procedimiento judicial debe hacerse siempre «de forma individualizada» y ante la existencia de «hechos o pruebas relevantes que no pudieron ser valorados en el momento e enjuiciar los hechos». Por tanto, la Fiscalía General «ni quiere ni puede llevar a cabo una revisión con carácter general de todos los juicios, penales o militares, celebrados en un periodo de 40 años».
El pasado marzo, la Junta de Fiscales del Tribunal Supremo debatió qué sala debía ser competente para conocer de los recursos de revisión contra sentencias recaídas en consejos de guerra celebrados durante el franquismo. Aunque en los años 90, varios intentos de interponer recursos de revisión contra sentencias de muerte, como la del comunista Julián Grimau, o la del anarquista Salvador Puig Antich, entre otras, fueron rechazados por la Sala de lo Militar. Conde-Pumpido solicitó un informe al fiscal de la Sala de lo Militar, Fernando Herrero-Tejedor, que se mostró a favor de otorgar la competencia a la Sala de lo Militar frente a la Sala de lo Penal.
Herrero-Tejedor informó además a Conde-Pumpido de que resultaría «altamente contraproducente» la revisión de sentencias y sería «un paso atrás» reabrir la heridas de la Guerra Civil que no están «totalmente cicatrizadas».
En la actualidad, ante la Sala Militar del Tribunal Supremo pende un único proceso de revisión, contra la sentencia que condenó a muerte a Salvador Puig Antich, instado por segunda vez por sus hermanas, y a cuya admisión se ha opuesto, por motivos técnicos relativos al recurso de revisión, el fiscal de lo Militar.
Par : Eduardo