Este jueves 10 de septiembre en el Congreso de los Diputados se ha aprobado la reforma laboral con los votos del PSOE y gracias a la abstención del PNV.

El texto facilitará el despido por motivos de absentismo laboral y habrá un mayor control de los desempleados.

Este jueves 10 de septiembre en el Congreso de los Diputados se ha aprobado la reforma laboral con los votos del PSOE y gracias a la abstención del PNV.

El texto facilitará el despido por motivos de absentismo laboral y habrá un mayor control de los desempleados.

Informa 20minutos.es.

Los elementos novedosos de la reforma laboral son los siguientes :

  •  En el caso de desempleo parcial, el paro cobrado se calculará por horas y no por días, de forma que el porcentaje de la prestación consumido sea equivalente al de reducción de jornada.

  •  Reducción de 100 a 30 días del ’periodo de gracia’ del que disponen los parados para rechazar cursos de formación sin ser penalizados.

  •  Las causas económicas para el despido objetivo, de 20 días de indemnización (antes 45 días), podrá justificarse por pérdidas «actuales o previstas» o la «disminución persistente del nivel de ingresos».

  •  Justificación del despido por motivos de absentismo laboral, se han fijado en un límite del 20% de las jornadas hábiles durante dos meses consecutivos, o el 25% a lo largo de cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de un año, siempre que la media de la plantilla no supere el 2,5%.

  •  El PSOE ha logrado eliminar otra de las enmiendas introducida por el PNV que obligaba a las empresas a hacer fijos sólo a aquellos trabajadores que hayan encadenado contratos durante tres años desempeñando el mismo puesto de trabajo y con idéntica actividad, mientras que a partir de ahora sólo tiene que estar en la misma empresa durante ese mismo periodo.

  •  Han desaparecido las enmiendas relativas al absentismo laboral que flexibilizaban los plazos para despedir a los trabajadores por esta causa y la que endurecía las condiciones para convertir a los empleados temporales en fijos.

    Leer también http://www.cgt-cyl.org/spip.php ?article1270


    Fuente: Redacción