Artículo de opinión de Rafael Cid
“Una solución diferente a la independencia
es posible en Catalunya”
(Puigdemont en el diario Le Soir)
“Una solución diferente a la independencia
es posible en Catalunya”
(Puigdemont en el diario Le Soir)
A los estertores del procés le ha salido una secuela de espías. Por si no fueran suficientes las noticias sobre la presunta intromisión rusa en la campaña a favor del independentismo, con terminales en el chavismo resucitado o en las intrigas del prófugo Julián Assange, ahora tenemos una ración de posverdad que afecta al Tribunal Supremo que tomó declaración a los miembros de la mesa del Parlament. Al parecer circula por internet un auto full donde se afirma que durante su comparecencia ante el juez instructor Carme Forcadell renunció a la DUI y se comprometió a no volver a “exaltar los deseos de independencia de una minoría”.
A todas luces se trata de un corta y pega de ínfima prosa forense que ha sido puntual y rotundamente desmentido por los abogados que asistieron a la querellada. Una burda maniobra de intoxicación seguramente aireada para hacer recaer sobre Forcadell el sambenito de traidora a la causa soberanista. Sin la más mínima lógica ni base jurídica. El artículo 14 de la vigente Constitución establece que nadie puede ser discriminado por razón de “nacimiento, raza, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”. Y en el 20, apartado a), se reconoce y protege el derecho a “expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones, mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción”.
Por tanto, malamente un magistrado del alto tribunal, cuya misión jurisdiccional precisamente es cumplir y hacer cumplir la Constitución, podría exigir semejante “confesión” sin incurrir él mismo en un flagrante y punible desafuero. En España, mientras no se demuestre lo contrario, cualquier persona puede profesar la ideología que quiera, por muy antisistema que se proclame: comunista, anarquista, independentista, etc. Está en su perfecto derecho. Otra cosa es si, con objetivo de llevar a la práctica esa adscripción, vulnera la legalidad, comete un ilícito penal. Ahí es donde aparece el largo brazo de esa ley, que es ciega pero no inerme.
Y ello, aunque parezca que el hiato entre la potencia y el acto, lo pensado y lo realizado, hace asténica una democracia que para vivificarse precisa de algo más que del simple contraste de pareceres. Es el viejo debate sobre los límites del modelo de capitalismo pluralista, que en su día fue analizado por el filósofo Hebert Marcuse en un texto titulado “Tolerancia represiva”. Una línea argumentativa balizada en fechas recientes por Michel Foucault bajo el rótulo de “biopolítica”, término con que el pensador francés define el corpus disciplinario utilizado por el poder para acotar la disidencia fáctica, regulando muchas de las actividades convencionales de los ciudadanos. Una categoría más elaborada y rizomática de aquella “violencia estructural” del marxismo que también operaba en las sociedades de Socialismo de Estado.
Pero nada de esto tiene que ver con “el bulo Forcadell”. Porque lejos de fomentar una insidia, lo que hace el susodicho montaje es propagar una interpretación libre de una postura que en realidad si se ha producido. Efectivamente, en el auto de la Causa Especial Número 20907/2017, de fecha 09/11/17, apartado “Décimo Quinto”, página veintidós, el magistrado instructor Pablo Llerena Conde afirma literalmente: “En todo caso, todos los querellados, no es que hayan asumido la intervención derivada de la aplicación del artículo 155 de la C.E, sino que han manifestado que, o bien renuncian a la actividad política futura o, los que deseen seguir ejerciéndola, lo harán renunciando a cualquier actuación fuera del marco constitucional”. Lo que es tanto como llamar alopecia a la calvicie o halitosis al mal aliento.
Queda claro, por tanto, que la ex presidenta del Parlament y de la ANC no ha abjurado de sus legítimas convicciones independentistas y que, asimismo, nadie le ha forzado a nada que se le parezca. De la misma forma que resulta evidente que al “asumir la intervención derivada de la aplicación del artículo 155 de la C.E.” (eso implica concurrir por imperativo legal a las elecciones del 21-D impuestas desde Madrid) y/o renunciar “a cualquier actuación fuera del marco constitucional”, en la práctica se ha rechazado la DUI. Y si aún quedara alguna duda al respecto, a continuación el auto de marras aclara: “no se escapa que las afirmaciones de todos ellos puedan ser mendaces, en todo caso, han de ser valoradas en lo que contienen, sin perjuicio de poderse modificar las medidas cautelares si se evidenciara un retorno a la actuación ilegal que se investiga”. ¡Estúpido bulo que prefiere la copia al original!
Rafael Cid
Fuente: Rafael Cid