La CGT denuncia que desde el 5 de noviembre tienen prohibido llamar “copago” a las tarifas impuestas a la Teleasistencia.

La Confederación General del Trabajo denuncia que en una nota interna, el pasado 5 de noviembre el Ayuntamiento de Madrid prohibía expresamente a los trabajadores del servicio de Atención al Ciudadano emplear la palabra “Copago” en relación con la nueva tarifa para los usuarios de la Teleasistencia, instándoles a emplear en su lugar el término “aportación económica”.

La Confederación General del Trabajo denuncia que en una nota interna, el pasado 5 de noviembre el Ayuntamiento de Madrid prohibía expresamente a los trabajadores del servicio de Atención al Ciudadano emplear la palabra “Copago” en relación con la nueva tarifa para los usuarios de la Teleasistencia, instándoles a emplear en su lugar el término “aportación económica”.

La nota, que se les ha pasado a todos los servicios de Atención al Ciudadano, tanto presencial como telefónico, que son gestionados tanto por personal municipal como por personal externo, dice literalmente: “Ya no utilizaremos la expresión COPAGO. Se ha determinado que la denominación correcta es APORTACIÓN ECONÓMICA, ya que el Ayuntamiento asume el 83% del coste total del servicio”.

Existe incluso un protocolo interno fechado del 28 de junio de 2013 que fue actualizado el 11 de noviembre de 2013 para incluir oficialmente en el procedimiento de información al ciudadano la “Sustitución de la palabra Copago por APORTACIÓN ECONÓMICA”, junto con la “Inclusión del servicio de Domiciliación Bancaria”.

El Ayuntamiento ha llegado incluso a amonestar a sus trabajadores por emplear el término censurado.

Esta consigna vulnera gravemente los derechos a la libertad de expresión recogidos por la Constitución Española de 1978, cuyo artículo 20 establece tanto el derecho a comunicar libremente información veraz como a expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones.

El término “copago”, que proviene del ámbito de las aseguradoras médicas privadas, en este caso significa lo mismo que la expresión eufemística de “aportación económica” con la que el Ayuntamiento de Madrid ha ordenado que se sustituya, dado que puede referir tanto al pago de una cantidad fija sobre el coste del servicio como al pago de una cantidad variable en función del uso, por lo que la prohibición del empleo del término no remite a motivos de precisión terminológica, sino a otra serie de motivaciones.

El concepto de “copago” actualmente está sufriendo un proceso de fuerte rechazo social por la asimilación con la expresión “repago” que la oposición al gobierno ha utilizado para denunciar que los sistemas de copago farmacéutico son injustos, ya que obligan a pagar dos veces servicios que los ciudadanos ya pagan con sus impuestos. Esta reivindicación política y social de una gran parte de la población se ha visto refrendada institucionalmente por los tribunales de justicia españoles, que han anulado esta medida en las ayudas para la dependencia y en el euro por receta porque podían “erigirse en barrera que impida el acceso a la prestación farmacéutica de los usuarios con menos recursos y mayores necesidades”, vulnerando el derecho constitucional a la efectiva protección de la salud, recogido en el artículo 43 de la Carta Magna.

De ahí la eliminación del término en el vocabulario del Ayuntamiento y la motivación para vulnerar otro derecho fundamental: el de la libertad de expresión y comunicación de información veraz.

Coordinadora Estatal de Telemarketing

http://www.cgt-telemarketing.es/blog/453-el-ayuntamiento-de-madrid-coarta-la-libertad-de-expresion-de-sus-trabajador


Fuente: CGT Telemarketing