LOS JUZGADOS DE ALICANTE DAN LA RAZÓN A CGT, EN MATERIA DE RECONOCIMIENTO COMO ANTIGÜEDAD DEL TIEMPO DESARROLLADO BAJO MODALIDAD TEMPORAL 

Dos sentencias y las dos a favor de los intereses reclamados. 

La dirección de la CAM sigue negándose a reconocer el tiempo desarrollado bajo modalidad de contrato temporal como antigüedad en la empresa.

Pese a la sentencia del T. Supremo a favor del reconocimiento, obviando la legislación vigente, obliga al personal afectado a demandar ante los juzgados de lo social de cada localidad para que sean reconocidos sus derechos.

La dirección de la CAM sigue negándose a reconocer el tiempo desarrollado bajo modalidad de contrato temporal como antigüedad en la empresa.

Pese a la sentencia del T. Supremo a favor del reconocimiento, obviando la legislación vigente, obliga al personal afectado a demandar ante los juzgados de lo social de cada localidad para que sean reconocidos sus derechos.

CGT, ante tan reprobable actitud, continúa presentando y ganando sentencias: dos juicios realizados, dos ganados obligando a la empresa a que se reconozca, a todos los efectos, como antigüedad. Tenemos alrededor de quince casos presentados y más de veinte en preparación.

CGT  considera que dicha actitud empresarial, además de ilegal, es inaceptable ya que la dirección utiliza esta artimaña, de obligar a reclamar personalmente, para ahorrar gastos; ya que es consciente que jamás reclamarán todos y todas las afectadas: aprox. 1000 personas.

Exigimos públicamente que se de una solución colectiva pactada a dicho problema. Es una vergüenza más que tenemos que soportar la plantilla CAM y un nuevo atentado a nuestros intereses.

CONTRA EL ABUSO GENERALIZADO, LA RESPUESTA DE CGT.

24 OCTUBRE 2011 – CGT CAM


Fuente: CGT CAM