Ante las movilizaciones, acciones y comunicados que en estos días la patronal católica de los centros educativos de la privada-concertada está llevando a cabo, el Sindicato de Enseñanza de la CGT quiere manifestar lo siguiente:

1.- Cuando las escuelas católicas argumentan que la educación concertada defiende la libertad de elección de los padres, amparándose en el doble principio constitucional del derecho a la educación y la libertad de enseñanza recogido en el Artículo 27.1 de la Constitución, ese Artículo no se refiere en ningún momento a la preferencia de elección de centro educativo. Hace referencia a la capacidad de creación de centros o a la libertad de cátedra.

1.- Cuando las escuelas católicas argumentan que la educación concertada defiende la libertad de elección de los padres, amparándose en el doble principio constitucional del derecho a la educación y la libertad de enseñanza recogido en el Artículo 27.1 de la Constitución, ese Artículo no se refiere en ningún momento a la preferencia de elección de centro educativo. Hace referencia a la capacidad de creación de centros o a la libertad de cátedra. Pero en una interpretación abusiva de este derecho de creación de centros, la LODE estableció la posibilidad de elegir entre dos redes financiadas con fondos públicos, con lo que se ha querido deliberadamente confundir el derecho a crear centros privados con el de las familias a recibir una ayuda pública para elegirlos, lo que en modo alguno está en nuestra Constitución ni en el derecho comparado. El propio Tribunal Constitucional ha confirmado que no existe ese hipotético “derecho a la subvención” aplicable a los centros educativos privados. Así lo ha dejado asentado el TC, por ejemplo , en la sentencia 86/1985 de 10 de julio, dictada por su Sala Segunda: “…siendo del todo claro que el derecho a la educación – el derecho a la educación en la enseñanza básica – no comprende el derecho a la gratuidad educativa en cualesquiera Centros privados, porque los recursos públicos no han de acudir, incondicionalmente, allá donde vayan las preferencias individuales”.

2.- Cuando se esgrime el supuesto derecho a la libre elección de las familias, hay que decir que los Centros privados-concertados juegan con una doble ventaja:

a) En la mayoría de los casos ofrecen todas las etapas de la enseñanza Obligatoria (Infantil, Primaria y Formación Profesional Básica) y Postobligatoria (Bachillerato y Ciclos Formativos de Grado Superior), esto es, desde los 3 hasta los 16 años como mínimo.

b) Están ubicados en las mejores zonas de las grandes ciudades. Apenas hay privada-concertada en zonas marginales o barriadas conflictivas, pero cuando comparamos los pocos centros concertados que hay ubicados en estas zonas, las diferencias de predilección de las familias no existe.

Si los Centros Públicos pudieran equipararse a los Privados-concertados ofertando las mismas etapas educativas y en los mismos ámbitos territorial y socio-económicos de influencia, las preferencias familiares cambiarían.

3.- Sobre costes y ratios:

Otro argumento falaz es decir que el puesto escolar público cuesta 6.200€ y el concertado 3.000€ y que la ratio en las unidades de la pública es menor que en las de la Privada-concertada. Lo que no se dice es que en la provincia de Jaén hay 413 unidades de la escuela privada-concertada, repartidas en 40 colegios, ubicados estos en 12 municipios. Por contra, en la Escuela Pública hay 1828 unidades, repartidas en 196 centros, ubicados estos centros en los 97 municipios de la provincia.

Es injusto, falaz y demagógico decir lo que se está diciendo sin conocer estos datos: claro que es mucho más barato sostener 10.409 plazas concentradas en 40 colegios de 12 municipios, que sostener 35.447 plazas distribuidas en 196 colegios de todos los municipios de la provincia. Además en la ratio media de los Centros Públicas se computan las unidades de los núcleos rurales, por ejemplo, de Mogón, Collejares o Frailes, con muy pocos niños y niñas.

Con la red pública, la educación llega a todos los niños y niñas de Jaén y, afortunadamente, la escuela pública no funciona con criterios de rentabilidad económica porque no es un negocio, sino de rentabilidad social y compromiso humano, vertebradora social y amortiguadora de las desigualdades socio-económicas.

4.- No es de recibo la campaña tan beligerante por parte de la patronal católica ante la propuesta de la Delegación de Educación de Jaén de suprimir tres unidades en la Privada-concertada de la provincia en un período de 10 años (desde 2013 hasta 2023, es decir, desde la fecha de inicio del concierto actual hasta el fin del concierto que ahora se va a firmar. Con la LOMCE, el blindaje pasa de 4 a 6 años en Primaria). En cambio, entre los años 2012 y 2016 se han cerrado en la provincia de Jaén 112 unidades públicas de Infantil 3 años (datos obtenidos de las Órdenes de modificación de centros de la Junta de Andalucía).

Manuel López Villacreces

responsable de CGT-Educación Jaén

 

 


Fuente: CGT-Educación Jaén