La sentencia del Juzgado Social nº 9 de Valencia da la razón a la CGT en declarar injustificado un Expediente de Regulación de Empleo temporal que la contrata de Ford aplicó entre el 2 de julio y el 31 de diciembre del año pasado. Acciona FS aducía la necesidad del ERE para 37 personas por el cese de la fabricación del modelo Fiesta, un argumento tumbado ante la realización de horas extras y de nuevas contrataciones por falta de personal
El verano pasado, al calor de la entonces recién aprobada Reforma Laboral, Acciona Facility Services SA (multinacional de servicios de limpieza y logística, contrata de la factoría de Ford en Almussafes) decidió imponer la aplicación de un Expediente de Regulación de Empleo temporal, durante seis meses, para 37 de sus 500 trabajadores.
El verano pasado, al calor de la entonces recién aprobada Reforma Laboral, Acciona Facility Services SA (multinacional de servicios de limpieza y logística, contrata de la factoría de Ford en Almussafes) decidió imponer la aplicación de un Expediente de Regulación de Empleo temporal, durante seis meses, para 37 de sus 500 trabajadores.
Una medida que el Juzgado social ha declarado en sentencia como injustificada a raíz de la impugnación presentada por la Confederación General del Trabajo del País Valenciano, uno de los tres sindicatos presentes en el Comité de empresa.
Tal y como queda reflejado en el dictamen judicial, Acciona FS esgrimía como causa «el cese de los servicios que prestaba en relación a la fabricación del modelo Ford Fiesta» que dejó de fabricarse el pasado 2 de julio, aunque luego el automovilística comenzaría a producir el nuevo Kuga, así como, la solicitud del cliente (Ford) de «la adopción de medidas internas para adecuarse a la fluctuación del mercado».
Ante esta decisión empresarial, la Sección Sindical de CGT en Acciona, además de rechazar el ERE, denunciar tanto ante la Inspección de Trabajo como públicamente el abuso de la contrata, presentó demanda de impugnación bajo los argumentos de que «el excedente de trabajadores que la empresa decía tener serían fácilmente recolocables en otras áreas no afectadas y con gran volumen de trabajo «así como que» se estaban haciendo innumerables horas extraordinarias y doblajes «y cientos de nuevas contrataciones temporales en condiciones precarias.
La desproporcionalidad del ERE denunciada por CGT quedó demostrada al cabo del tiempo: «los 37 trabajadores del ERE, al final sólo resultaron afectados 18, y de esos 18, sólo 11 resultaron afectados por todo el ERE de suspensión «. Y, más importante, la razón fundamentada «en causas organizativas y productivas» ha quedado desacreditada ya que hubiera sido posible la reubicación de todo el personal afectado.
En definitiva, la resolución judicial condena la actuación de la empresa que aplicó una medida onerosa para la plantilla sin poder acreditar «el motivo» de las suspensiones. Es decir que, según apunta la Sección Sindical de CGT en Acciona «la empresa se ha dedicado a precarizar condiciones de trabajo, a tratar a los trabajadores como mera mercancía barata, arrebatándonos derechos, tratando de imponer el miedo.»
La sentencia, contra la que cabe recurso de suplicaciódavant el Tribunal de Justicia de la Comunidad Valenciana, significa en definitiva, una limitación a los abusos empresariales ante las presumibles facilidades para acometer expedientes de regulación así como una demostración de la efectividad de la lucha de los trabajadores organizados sindicalmente.
En este sentido, la CGT-PV llama a los trabajadores y trabajadoras a no tolerar ningún abuso, a ser conscientes de la capacidad de lucha colectiva ya hacer uso de las herramientas disponibles para parar los excesos.
Finalmente, cabe señalar que en el propio dictamen queda reflejado el colapso de los juzgados, y es que, se advierte en el texto, en el procedimiento no se pudo observar la prescripción legal en el sistema de plazos «debido El elevado número de asuntos registrados en este juzgado «.
Gabinete de Prensa CGT-PV
Valencia, 23 de julio de 2013
Fuente: Gabinete de Prensa CGT-PV