La sentencia del TSJEx puede ser recurrida en casación
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Extremadura ha estimado el recurso presentado por 32 empleados de la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos, rechazando la sentencia de una instancia anterior y reconociéndoles la antigüedad y su derecho a percibir el complemento de correspondiente, condenando a la citada sociedad a abonar un total de 18,160 euros, en cantidades que oscilan entre los 227 y los 1.135 euros por persona. La sentencia del TSJEx puede ser recurrida en casación.
La sentencia del TSJEx puede ser recurrida en casación

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Extremadura ha estimado el recurso presentado por 32 empleados de la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos, rechazando la sentencia de una instancia anterior y reconociéndoles la antigüedad y su derecho a percibir el complemento de correspondiente, condenando a la citada sociedad a abonar un total de 18,160 euros, en cantidades que oscilan entre los 227 y los 1.135 euros por persona. La sentencia del TSJEx puede ser recurrida en casación.


Los magistrados rechazan en sus argumentos jurídicos la posibilidad de «prescripción alegada en el acto del juicio, porque se hizo sin concretar ni los periodos ni las cantidades a que se refiere la prescripción».

Por otro lado, la misma sala desestima otro recurso de la mutua Asepeyo contra una sentencia del Juzgado de lo Social 2 de Badajoz, que reconoce la muerte de un trabajador en un accidente de tráfico como accidente laboral, y que ha sido confirmada.

El tribunal considera que del accidente se deriva una infracción reglamentaria por circular a 90 kilómetros por hora en un lugar indicado para 60, «lo que no conlleva imprudencia temeraria, sino imprudencia simple o negligencia».


Par : Periódico Extremadura



Fuente: eriódico Extremadura