Un juzgado de Sevilla ha condenado a un año de prisión a tres socios de una empresa hispalense de muebles de cocina por espiar a su única empleada y grabar sus conversaciones, incluidas las telefónicas, mediante un micrófono disimulado junto a su mesa sin que ella tuviera conocimiento de su colocación, que descubrió aproximadamente un año después.

Un juzgado de Sevilla ha condenado a un año de prisión a tres socios de una empresa hispalense de muebles de cocina por espiar a su única empleada y grabar sus conversaciones, incluidas las telefónicas, mediante un micrófono disimulado junto a su mesa sin que ella tuviera conocimiento de su colocación, que descubrió aproximadamente un año después.

Fuentes del caso informaron a Europa Press de que cada uno de los tres empresarios, condenados por un delito de descubrimiento y revelación de secretos, deberá indemizar conjunta y solidariamente en 6.000 euros por los daños y perjuicios ocasionados a la joven, cantidad de la que deberá responder también la empresa como responsable civil subsidiaria. Además, cada socio harán frente a una multa ascedente a 864 euros.

Los hechos se remontan a marzo de 1997 cuando los ahora condenados colocaron un sistema de escucha disimulado en la mesa de trabajo de dicha empleada, sin su consentimiento, con el propósito de controlar y conocer conversaciones «de toda índole» que ésta pudiera mantener, incluso telefónicas, llegando a grabar varias cintas de cassette.

La sentencia del Juzgado de lo Penal número 1 de Sevilla, a la que tuvo acceso Europa Press, añade entre los hechos probados que, aproximadamente un año después, la joven descubrió el sistema implantado y los acusados procedieron a retirarlo. En el registro posterior de la Policía, en mayo de 1998, se hallaron el micrófono, un amplificador y otros efectos del sistema junto a cinco cintas grabadas con las conversaciones profesionales e íntimas de la perjudicada.

INTIMIDAD VULNERADA

«Ninguna de las motivaciones alegadas» por los socios resulta probada, ni una supuesta falta de dinero argüida ni la presunta información facilitada a otras empresas, incide el fallo judicial, que explica que en el caso se ha vulnerado el bien jurídico de la intimidad de la víctima, ordenando el comiso y destrucción del sistema de grabación y las cintas encontradas.

En el juicio, celebrado el pasado 10 de noviembre, la acusación particular llegó a pedir en sus conclusiones una pena de tres años de cárcel para cada acusado y una indemnización para su clienta de 42.000 euros. El magistrado acuerda en cambio la petición de condena de la fiscal —un año para cada socio— y la misma multa solicitada por el Ministerio Público, que pedía además una indemnización de 8.000 euros.

Los socios procesados, identificados como R.G.D. (42 años), J.M.R.C. (43 años) y A.M.G. (47 años), alegaron en la vista oral que sospechaban que la empleada podía estar detrás de la falta de 4.200 euros de la entidad y que incluso hacía competencia desleal a la empresa por comprar los muebles para su piso en otro lugar.

La denunciante señaló en el juicio que usaba el teléfono para sus cosas «como todo el mundo» y que no recibió noticia alguna del recelo que podía haber levantando por la falta de los citados 4.200 euros, descubriendo el ’micro’ oculto cuando limpiaba su mesa un día que la limpiadora no había ido a realizar sus tareas. A pesar de apagarlo, los empresarios lo cambiaron de lugar, según expuso la empleada, que consiguió observar que comunicaba con la oficina de uno de ellos, quien además le hizo una serie de propuestas sentimentales.


Par : EP