En relación con el tema tratado en el anterior articulo ( publicado el día 25/1/11 en Valencia Marítima) relativo a los daños causados por un buque a una grúa en el puerto y a las instalaciones de este, también se planteo otro tema, cual era , si el capitán y en consonancia, el naviero es responsable de los citados daños, o si lo es solo el practico que iba a bordo, o si lo eran los dos, o si no lo era ninguno y tan solo era responsable el remolcador por darle una mayor inercia de la deriva al (…)


Gabinete jurídico


En relación con el tema tratado en el anterior articulo ( publicado el día 25/1/11 en Valencia Marítima) relativo a los daños causados por un buque a una grúa en el puerto y a las instalaciones de este, también se planteo otro tema, cual era , si el capitán y en consonancia, el naviero es responsable de los citados daños, o si lo es solo el practico que iba a bordo, o si lo eran los dos, o si no lo era ninguno y tan solo era responsable el remolcador por darle una mayor inercia de la deriva al (…)


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