Continuando la lucha contra la precariedad en Tragsatec, CGT ha solicitado en el Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje (SIMA) que la regulación del Fondo de Asistencia Social (FAS) contemple el incremento de las dotaciones que realiza la empresa al mismo de manera proporcional a los trabajadores y las trabajadoras con derecho a participar.
El 21 de octubre de 2016 la Audiencia Nacional dictaba sentencia a favor de la demanda interpuesta por CGT reconociendo el derecho de los trabajadores con contrato temporal, de los trabajadores indefinidos no fijos y de los trabajadores de los buques y reservas marinas a participar en el Fondo de Asistencia Social (FAS). Se ponía fin a un acuerdo discriminatorio firmado en 2008 entre la Dirección, CCOO y UGT.
El 21 de octubre de 2016 la Audiencia Nacional dictaba sentencia a favor de la demanda interpuesta por CGT reconociendo el derecho de los trabajadores con contrato temporal, de los trabajadores indefinidos no fijos y de los trabajadores de los buques y reservas marinas a participar en el Fondo de Asistencia Social (FAS). Se ponía fin a un acuerdo discriminatorio firmado en 2008 entre la Dirección, CCOO y UGT.
En la demanda, CGT también solicitamos incrementar las dotaciones que realiza la empresa al Fondo de manera proporcional a los trabajadores con derecho a participar en el mismo, pero la Audiencia Nacional establecía que la regulación del Fondo corresponde a las partes que formalizaron el acuerdo, los representantes de la empresa y la RLT, no correspondiendo a los órganos judiciales determinar la forma en que han de quedar redactados los preceptos de un acuerdo en sustitución del que se anula.
La Audiencia Nacional dejaba, por tanto, la puerta abierta a que esta regulación del FAS se produjera por la vía de la negociación colectiva.
Transcurrido un año de la sentencia y a la vista de la documentación de las dotaciones que realiza la empresa al Fondo, hemos comprobado que no se ha producido tal incremento a pesar de que la empresa tiene beneficios y previsión de seguir aumentándolos a costa de empeorar las condiciones laborales.
Esto nos ha llevado a solicitar dicha regulación a la Comisión Nacional del FAS, compuesta por la Dirección, CCOO, UGT y CSIF, con fecha 11 de diciembre de 2017, junto con otras cuestiones ampliamente demandadas por los trabajadores y las trabajadoras, como poder darse de alta o de baja.
La respuesta de la Dirección el 14 de diciembre de 2017, evitaba cualquier alusión a la posibilidad de regulación del FAS, obviando lo que establecía la sentencia de la Audiencia Nacional al respecto.
Al no estar conformes con esto y entender que la Dirección se vuelve a enrocar en el “no porque no”, CGT hemos tenido que recurrir al SIMA para desbloquear la situación.
El lunes 29 de enero de 2018 se ha producido el acto de mediación teniendo como resultado la FALTA DE ACUERDO entre las partes intervinientes. No obstante, los mediadores formularon la propuesta de someter el objeto del conflicto a un procedimiento de arbitraje en el SIMA, en el que se determine en un plazo máximo de dos meses, qué cuestiones deberán ser negociadas en la Mesa de Representación Sindical Estatal, aunque no prosperó.
Tras la mediación en el SIMA, la Dirección nos ha notificado por correo electrónico la inclusión de un punto sobre la regulación del FAS en la próxima reunión de la Representación Sindical Estatal, el 22 de febrero.
Agradecemos a los trabajadores y las trabajadoras que han puesto en conocimiento de CGT las irregularidades de la Dirección en cuanto a la adscripción al FAS.
DEFIENDE TUS DERECHOS, DEFIENDE TU FUTURO. ORGANÍZATE EN CGT
Madrid, 29 de enero de 2018
Sección Sindical Estatal CGT Tragsatec
Fuente: CGT Tragsatec