A pesar de las mentiras difundidas por alguno de los sindicatos firmantes del acuerdo, CGT se negó a adherirse al mismo sin que lo valoraran nuestros afiliados y afiliadas. Y la valoración mayoritaria ha sido que se trata de un pacto nefasto que CGT no va a firmar. Haciendo un resumen el acuerdo se concreta en :
Pérdida de 4.000 puestos de trabajo.
Un beneficio brutal para las empresas en las condiciones del ERE mediante el que se producirán los despidos de los compañeros y compañeras de más edad.
Aplicación de Bajas Indemnizadas para los excedentes de plantilla no prejubilables, previstos en el propio acuerdo en más de 1.000 personas. (diferencia entre las previsibles prejubilaciones, aproximadamente 2.900 personas y el total de excedentes, 4.000)
Libertad absoluta para las empresas en aplicar movilidad geográfica no limitada, agravada por el hecho de que se constituye una Comisión de Seguimiento a la que se informará sobre la aplicación del acuerdo, sin que intervenga en las fases previas de las decisiones.
Pérdida, salvo casos puntuales, de las condiciones no consolidadas en casos de cierre de oficinas y cierre de Servicios Centrales.
Inexistencia de cláusula de retorno en las incorporaciones a la sociedad central, tanto obligatorias como voluntarias, así como en el intercambio de plantillas entre Cajas.
Ni se aborda, ni se marcan plazos concretos para negociar la armonización de las condiciones laborales del grupo : clasificación oficinas, promoción profesional, beneficios sociales, horarios, permisos, etc….
No se aborda cómo van a materializarse los intercambios de plantillas entre entidades.
El apartado específico de Condiciones de Trabajo en la Sociedad Central deja pendiente de desarrollo : Promoción profesional, Clasificación de oficinas, Retribución Variable, Plan de Pensiones, Beneficios Sociales
Se establece un Salario Mínimo Garantizado, que NO un incremento en el número de pagas, que supondrá, una vez descontados pluses, conceptos pendientes de consolidar, retribuciones variables, etc…. un incremento de percepciones a un porcentaje indeterminado de la plantilla, mediante un importe no consolidable de recálculo anual.
Como veis dos aspectos positivos, frente a un cúmulo de indefiniciones, cuando no aspectos claramente negativos, que dejan absolutamente con el culo al aire a las plantillas de las entidades, en especial y de manera alarmante a las y los afectados directamente por el proceso de integración : cierre de oficinas, intercambio entre entidades, desmantelación de servicios centrales, etc….
Y aún en los dos apartados moderadamente positivos cabe detenerse y analizarlos con detalle :
El falso incremento del número de pagas.
Se establece un importe mínimo y anualmente se compara este mínimo con lo que se haya cobrado realmente por cualquier concepto. Esto quiere decir en la práctica que durante 2011 y 2012 nadie va a cobrar ningún importe por el simple hecho de que el salario base en Bancaja es mayor que el de Convenio y ya supone más que la teórica media paga que se incrementa.
Posteriormente, en 2013 y a partir de 2014, sólo se cobrará algo si no se cobra ningún plus, o ninguna RVO, que sea superior a entre 1.000 y 3.000 euros, dependiendo de la categoría.
Las teóricas prejubilaciones.
Cuando nuestro presidente, el sr. Olivas, insistía en la última Asamblea General de Bancaja que nuestra incorporación al SIP no era debida a ningún estado de necesidad sino que había sido para aprovechar una oportunidad de negocio, nos estaba dando la razón respecto a la inmoralidad de utilizar despidos mediante ERE como método para “prejubilar”. Más aún si tenemos en cuenta que se han recibido fondos desde el FROB, parte de los cuales tienen dicha finalidad específica.
No se justifica, por tanto, el método ni los importes. Es cierto que resultan importes elevados, pero es lógico ya que estamos hablando del salario de muchos años, hasta 10. No se explica, sin embargo, por qué se le regala a la empresa el último año de vida laboral (ya que los cálculos se realizan hasta los 64 años) o, peor todavía, por qué se deduce el cobro del paro que es un derecho individual.
Se oculta, además, que la plantilla de Caja Madrid va a recuperar el 70% de la RVO vía aportaciones al Plan de Pensiones, mientras que la de Bancaja pierde completamente dicha retribución y se le congela la aportación al Plan desde el momento del despido.
El resultado de todo ello es que aunque nominalmente se referencie el 95% del sueldo neto, es un importe que forma parte del cálculo, pero no es el importe que se cobrará, en el mejor de los casos estaremos hablando de alrededor del 80%.
Cuando se firma un acuerdo laboral la obligación de los sindicatos, además de garantizar derechos adquiridos y conseguir en la medida de lo posible mejoras, es anticiparnos a los problemas, cerrar todas las puertas y agujeros a través de las que puedan introducirse actuaciones arbitrarias, agravios comparativos, injusticias, etc… y que el acuerdo globalmente considerado sea beneficioso para los trabajadores y trabajadoras de la entidad, o cuando menos equilibrado. No es el caso.
¿Comprendéis ahora por qué decíamos que no existía ningún interés en firmar el acuerdo antes de las elecciones sindicales ? los sindicatos firmantes no han estado a la altura de las circunstancias, y consideramos que han traicionado la confianza que la plantilla depositó en ellos. Aunque ya sabéis : nunca es tarde para rectificar.
SECCION SINDICAL DE CGT en BANCAJA/BANCAIXA
Fuente: CGT Bancaja-Bancaixa