El Juzgado de lo Social nº 8 de Barcelona ha dictado Sentencia, ante la que no cabe recurso, condenando al Metro de Barcelona a respetar el derecho de una trabajadora a realizar la jornada reducida en el horario que ella había solicitado, ya que la Dirección de la Empresa no ha podido acreditar la imposibilidad organizativa para acoger el horario pretendido.

El Juzgado de lo Social nº 8 de Barcelona ha dictado Sentencia, ante la que no cabe recurso, condenando al Metro de Barcelona a respetar el derecho de una trabajadora a realizar la jornada reducida en el horario que ella había solicitado, ya que la Dirección de la Empresa no ha podido acreditar la imposibilidad organizativa para acoger el horario pretendido.

Esta denuncia, cuya sentencia ha sido gestionada por la C.G.T de Metro de Barcelona y defendida por el letrado Rafael Calderón del colectivo AIDE, después de infructuosos intentos de solucionar el problema directamente con el departamento de Personal de la Empresa.

A La CGT nos resulta sorprendente tener que acabar en el Juzgado de lo Social con temas de estas características por dos motivos :

Antes de que se aprobaran estas leyes de protección hacia la mujer y de conciliación de la vida laboral y familiar, en Metro se adecuaban los horarios a las necesidades de las compañeras y compañeros, hay una gran cantidad de trabajadores que en los años 90 tuvieron horarios especiales que cubrían sus necesidades.

Es a partir del año 2002 con irrupción de los nuevos equipos Directivos que se comienza a negar lo que antes era normal, curiosamente cuando ya es un derecho aprobado en el Parlamento.

Nos sorprende que sea una Dirección encabezada por el PSOE catalán (PSC) la que niega en las Empresas que controla (como Metro) lo que “sacando pecho” aprueban en el Parlamento como leyes “progresistas” a no ser que todo sea un montaje propagandístico por el cual no están dispuestos a invertir ni un Euro.

La C.G.T. considera que esta sentencia destapa la hipocresía de la Dirección socialista del Metro que tienen la desvergüenza de incluir en su organigrama un departamento de RESPONSABILIDAD SOCIAL CORPORATIVA cuyo trabajo es promover políticas corporativas de igualdad hacia la mujer y desarrollo de leyes sociales, vistos los resultados es otro gasto inútil a costa de los contribuyentes para lavarse la cara.

Dicho todo esto la C.G.T de Metro creemos que esta sentencia es un avance más en la defensa de los derechos de los trabajadores en un ámbito tan importante como es el de la conciliación de la vida laboral y familiar.


Fuente: CGT - Barcelona | JOSE ANGEL CIERCOLES |CARLOS NAVARRO