CGT ha tenido conocimiento de que en algunos centros de las provincias de Almería y de Sevilla se conmina al profesorado a grabar las notas en el programa Séneca antes de que termine el día 14 de mayo. Justo el día que se inicia la huelga que hemos convocado por la estabilidad del profesorado interino. CGT considera que esta circunstancia es una vulneración del derecho de huelga y podría suponer un delito de prevaricación.

En primer lugar, en dicha comunicación se hace referencia a la instrucción 1/2018 de 12 de marzo, de la Dirección General de Ordenación Educativa, a la que se quiere dar cumplimiento y que tenía por objeto dictar procedimientos para la evaluación durante la pasada huelga del segundo trimestre. Por tanto, no tiene validez para esta nueva convocatoria. A día de hoy, la Administración todavía no ha publicado ninguna instrucción.

En primer lugar, en dicha comunicación se hace referencia a la instrucción 1/2018 de 12 de marzo, de la Dirección General de Ordenación Educativa, a la que se quiere dar cumplimiento y que tenía por objeto dictar procedimientos para la evaluación durante la pasada huelga del segundo trimestre. Por tanto, no tiene validez para esta nueva convocatoria. A día de hoy, la Administración todavía no ha publicado ninguna instrucción.

CGT ha solicitado aclaración tanto a los Servicios de Inspección de Almería como de Sevilla y ambos niegan haber dado instrucciones a este respecto. Los citados Servicios de Inspección han reconocido haber sugerido a los centros la posibilidad de sondear el progreso del alumnado. Confundir sondear con evaluar no sólo puede devenir un acto ilícito que pretenda bloquear el efecto de la huelga, sino que además atenta contra el sentido común. A un mes y medio de finalizar el curso, una novena parte de los contenidos de las materias quedarán en el limbo sin evaluar.

Por otra parte, en lo que concierne al procedimiento de evaluación final, tal y como viene descrito en la orden 14 de julio de 2016 que establece la ordenación de la evaluación del aprendizaje del alumnado, se asume con claridad, en el artículo 20, que al término de cada etapa se valorará el aprendizaje de cada alumna y alumno y que en la última sesión de evaluación se formularán las calificaciones finales, que se reflejarán en él acta de evaluación.

Por todo ello, CGT:

1º. Insta a las directivas de los centros a que retiren de manera inmediata las órdenes formuladas.

2º. Ha solicitado por escrito a las Delegaciones y a las Inspecciones Educativas que actúen y velen por el cumplimiento y la aplicación de las normas.

3º. Por otra parte, aconseja al profesorado afectado que entregue escrito a las directivas en el que se explique la imposibilidad de poner las notas, dado que aún quedan contenidos por tratar y en el que se muestre su total disponibilidad para valorar, que no evaluar, el proceso de aprendizaje de su alumnado.

4º. CGT se reserva ejercer las acciones legales oportunas en caso de que finalmente se produzca esta vulneración del derecho de huelga que podría suponer un delito de prevaricación.

Más información Laura Tirado

Secretaría General CGT Andalucía Educación


Fuente: Secretaría General CGT Andalucía Educación