Tras conocerse el *proyecto de Decreto* de la Consejería de Educación, en el que se anuncia un *nuevo de modelo de configuración de las bolsas de este personal y de su contratación,* se han publicado titulares como *"los interinos dejarán de tener preferencia" o "los interinos perderán los privilegios para lograr plaza"* que transmiten a la opinión pública una rotunda falsedad y ahondan el desprestigio de miles de trabajadores, desprestigio que se ha ido generando y propagando en los últimos años, especialmente desde la aplicación de la famosa Transitoria 17ª de la LOE.

Tras conocerse el *proyecto de Decreto* de la Consejería de
Educación, en el que se anuncia un *nuevo de modelo de configuración de
las bolsas de este personal y de su contratación,* se han publicado
titulares como *»los interinos dejarán de tener preferencia» o «los
interinos perderán los privilegios para lograr plaza»* que transmiten a
la opinión pública una rotunda falsedad y ahondan el desprestigio de
miles de trabajadores, desprestigio que se ha ido generando y
propagando en los últimos años, especialmente desde la aplicación de la
famosa Transitoria 17ª de la LOE.

*¿Qué privilegios ?*

La *LEA* (Ley de Educación Andaluza) *considera al personal interino
como parte del sistema público educativo andaluz* ; igual que al
profesorado de las distintas religiones, igual que a los centros
privados concertados y su profesorado.

*¿Cómo y quién contrata a todo este profesorado ? ¿Quién paga ?*

1.- *Profesorado de religión*, especialmente la católica : *son elegidos
por los mandatarios* de las distintas religiones, contratados y *pagados
por la Administración* Pública. Tanto la LOE con la LEA les *garantiza
un trabajo «indefinido*» según establecen en sus adicionales y
transitorias.

2.- *Profesorado de la privada-concertada* : es *elegido por los dueños*
de los Centros, contratados *y pagados por la Administración* Pública.
La Consejería ha firmado acuerdos con la Patronal y Sindicatos para
homologar las retribuciones de este profesorado con el de la pública.
Nada se habla de la movilidad geográfica.

3.- *Profesorado interino de la Enseñanza Pública* :

A.- *Acceso a las distintas bolsas según especialidad* :

A1.- *Por convocatoria pública* de méritos respetando los principios
de capacidad, igualdad, publicidad… (Es habitual ver las largas colas
en las Delegaciones de Educación para entregar los papeles cuando se
abre convocatoria para determinada bolsa).

A2.- *Por aprobar algún examen* de la Oposición sin obtener plaza,
se convierten en aspirantes y si llegan a trabajar se convierten en
interinos o interinas.

B.- *Acceso al trabajo desde las distintas bolsas* :

En *función del tiempo de servicio*, es decir del tiempo trabajado en
cada especialidad. A lo largo de los años miles de interinos e
interinas *han recorrido y recorren la geografía andaluza, trabajando en
numerosos centros, con gastos económicos extras y problemas familiares
añadidos.* Cuando a la empresa le ha hecho falta este personal tan
«privilegiado» ha impartido clases de todo, sin importar la
especialización. Y hay que de decirlo : han ido adquiriendo experiencia
de cómo funciona la enseñanza pública andaluza.

*Hasta el curso 2007-08 había un Acuerdo de Estabilidad que
garantizaba un puesto de trabajo a una parte de ese profesorado en
cualquier lugar de Andalucía*. Hablamos de más del 20% de la plantilla.

C.- *Acceso al trabajo fijo, a la condición de funcionario* :

En la LOE se *perdió la oportunidad de establecer un modelo de acceso
DIFERENCIADO a la función pública docente*, por un lado el personal
interino y por otro el resto. *No quisieron*. Y se establece el modelo
de acceso «puro y duro» de siempre : la oposición eliminatoria. Sin
embargo, *mientras se aplica la LOE (hasta 2011) se aprueba la llamada
Transitoria 17ª en la que se mezclan a interinos y «libres»,
*sabiéndose que no se dan las mismas condiciones para unos y otros. Y
pareciera que el personal interino que ha accedido, por fin, al trabajo
fijo tuviera que pedir perdón. La 1ª promoción de la Transitoria 17ª, la
de 2007, conseguirá en los próximos años su primer destino definitivo en
cualquier lugar de Andalucía, eso sí, con más de 40 años en el 70% de
los casos.

*¿Dónde están los privilegios ?*

*¿Qué cambia este Proyecto de Decreto ?*

*No cambia el modelo de acceso a la función pública docente*. Eso ya
está en la LOE.

* *

*Quiere cambiar la forma de configurar las listas de personal interino y
el procedimiento de contratación. Quitar el TIEMPO DE SERVICIO como
criterio.* A cambio estaría el tener que aprobar exámenes en las
oposiciones, con lo cual el orden de las bolsas cambiaría continuamente.
*Objetivo* : impedir la articulación de un colectivo que pudiera demandar
mejoras laborales, acuerdos de estabilidad, etc, etc. La empresa tendría
un remanente de trabajadores sumisos y dispuestos en cualquier momento.
Eso sí, integrantes del Sistema Educativo Público Andaluz. Es el canto
a la precariedad laboral, curiosamente desde la gestión del socialismo
andaluz.

*CGT hace un llamamiento a los Sindicatos para conseguir que tal
atropello no prospere y que el TIEMPO DE SERVICIO sea el criterio
principal para la contratación del personal interino en nuestra Comunidad.*

*S. Docentes FASE-CGT*

Ramón Ávila.


Fuente: *S. Docentes FASE-CGT*