Siguiendo con la lucha contra los recortes y la mala praxis empresarial de la Dirección del Grupo Tragsa, CGT hemos presentado demanda en la Audiencia Nacional para que se declare el derecho de las trabajadoras y los trabajadores de Tragsatec contratados a partir de 2014 a percibir el complemento Plus de Convenio regulado en el Convenio de Ingeniería. El juicio será el 29 de noviembre de 2017.

El artículo 38 del Convenio de Ingeniería establece lo siguiente en cuanto al Plus de Convenio:

Como complemento de calidad y cantidad a todos los efectos, se mantiene un plus de Convenio de dos mil ciento nueve euros con sesenta y nueve céntimos anuales (2.109,69 euros).

El artículo 38 del Convenio de Ingeniería establece lo siguiente en cuanto al Plus de Convenio:

Como complemento de calidad y cantidad a todos los efectos, se mantiene un plus de Convenio de dos mil ciento nueve euros con sesenta y nueve céntimos anuales (2.109,69 euros).

Los trabajadores titulados de los niveles 1 y 2 del artículo 33 del presente Convenio que accedan a su primer empleo como tales y los mismos contratados en prácticas conforme al artículo 11.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, comenzarán a devengar el citado plus al cumplirse un año de su relación laboral con la respectiva empresa.

A partir de 2015, la Dirección tomó la decisión unilateral de no abonar dicho complemento al personal contratado desde el 1 de enero de 2014 en los niveles 1 y 2: Licenciados y titulados de 2º y 3er ciclo universitario, Analista; Diplomados y titulados de 1er ciclo universitario, Jefe Superior.

La Dirección se niega a abonarlo porque interpreta que es un incremento que no puede aplicar en virtud de la congelación de la masa salarial establecida en la Ley de Presupuestos Generales del Estado (LPGE).

CGT hemos reclamado a la Dirección su pago y el 15 de junio solicitamos conciliación en el Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje (SIMA), que no fue posible por la negativa de esta, lo que nos ha conducido a la vía judicial para que un juez determine si el Plus de Convenio es un complemento del salario a abonar, como defendemos, o un incremento como excusa la Dirección.

En el SIMA, preguntamos por el número de afectados y afectadas, a lo que la Representación de la Dirección contestó que son 237.

Por el momento desconocemos la totalidad de quienes no cobran y desde cuando el Plus de Convenio pues la Dirección no ha querido facilitárnoslo pero, sin duda, dejar de abonar 2.109,69 euros a 237 trabajadores y trabajadoras en 2 años y 10 meses supone un buen maquillaje en las cuentas anuales a costa del personal.

Animamos a aquellos y aquellas que no estén percibiendo este complemento salarial en su nómina a que nos lo hagan saber, si no lo han hecho ya, y a que sigan el proceso.

DEFIENDE TUS DERECHOS, DEFIENDE TU FUTURO

ORGANÍZATE EN CGT

Madrid, 26 de octubre de 2017

Sección Sindical Estatal CGT Tragsatec


Fuente: Sección Sindical Estatal CGT Tragsatec