Una de cal y otra de arena. La sentencia del Juzgado de lo social de Cáceres reconoce el accidente laboral, pero no el "mobbing".
Los servicios jurídicos de la CGT de Cáceres han ganado el asunto en que se pedía la consideración de accidente laboral a la situación de acoso vivida por una afiliada a nuestro sindicato en la Junta de Extremadura. La sentencia del Juzgado de lo Social nº. 1 de Cáceres deja claro que existe una relación causal entre su circunstancia laboral y la presencia de daño psicológico y sociolaboral de la trabajadora, que era lo demandado.
Una de cal y otra de arena. La sentencia del Juzgado de lo social de Cáceres reconoce el accidente laboral, pero no el «mobbing».
Los servicios jurídicos de la CGT de Cáceres han ganado el asunto en que se pedía la consideración de accidente laboral a la situación de acoso vivida por una afiliada a nuestro sindicato en la Junta de Extremadura. La sentencia del Juzgado de lo Social nº. 1 de Cáceres deja claro que existe una relación causal entre su circunstancia laboral y la presencia de daño psicológico y sociolaboral de la trabajadora, que era lo demandado.
Sin embargo el juez exime a la Junta de Extremadura de responsabilidad y evita considerar Acoso Laboral la situación en que vive desde hace años nuestra compañera, achacándola al estrés y relacionándola con el «Sindrome del quemado».
La trabajadora en cuestión ha visto reconocido su caso como «Acoso Laboral»en el informe anual del Defensor del Pueblo, pero los juzgados, insensibles al problema, y la propia sociedad siguen sin atribuir a estos flagrantes atentados a la dignidad humana del trabajador una consideración moral y legal específica.
La CGT de Cáceres elevará una protesta formal a los juzgados por el modo en que se ha hecho pública la sentencia, filtrándola directamente y de modo parcial a la prensa sin previa comunicación a nuestra parte.
http://www.agora.ya.com/cgtcaceres
Fuente: CGT Cáceres