Dada la trascendencia que para los usuarios de la Sanidad Pública puede tener el que la noticia les llegue fielmente, tal cual es la pretensión de los trabajadores del Hospital Clínico Universitario de Valladolid. La CGT-Sanidad, a través de ésta nota pretende aclarar la problemática surgida entorno a la jornada laboral… :
La jornada laboral, en turno rotatorio -aquél en el que intervienen noches- de los Centros e Instituciones de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León, se establece y pondera en función de las noches trabajadas cada año. A mayor número de noches (10 horas de jornada diaria, de 22 a 8 horas del siguiente día) menor número de horas de jornada anual.
El personal con este turno y el de noches fijas, está asignado a Servicios y Unidades cuya actividad se prolonga a lo largo de las 24 horas del día. Urgencias, Servicios Centrales, Hospitalización y Mantenimiento, Admisión, son algunos de éstos.
Las Vacaciones, Asuntos Particulares, Descanso Semanal, Festivos y otros permisos, entre los que se encuentran los días 24 y 31 de diciembre, son días de descanso o se compensan con otros, para todo el personal del SACyL, independientemente del Servicio o Unidad en que éste trabaje o de la categoría profesional que cada uno tenga. Además de estos días existen otros dos días de permisos retribuido, como mejora conseguida a través de la negociación y que venían a compensar el día de ferias y la flexibilidad horaria en determinadas épocas -semana santa, navidad, ferias-. Dichos días se consolidaron con la firma del Acuerdo sobre Permisos y Vacaciones y así se reconoce en el Decreto 61/2005, o norma reguladora de las jornadas y horarios de los Centros e instituciones de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León, constituyendo, o mejor dicho debiendo constituir ello la norma respecto de descansos y otros permisos, también en el Hospital Universitario de Valladolid.
Entendemos que cualquier acontecimiento que suceda entorno a nuestra Sanidad resulte noticiable, debido a la importancia que para todos ha de tener nuestra salud, por eso que no se deba vanalizar sobre la noticia o suceso, como si el único objetivo perseguido por los trabajadores, a destacar, fuera descansar más o menos días al año.
Ha de quedar claro : Que la única pretensión de los trabajadores en conflicto es “La aplicación de la normativa que regula su jornada laboral y horarios -Decreto 61/2005-, de la misma forma y manera que ésta se aplica al resto de los trabajadores del SACyL, sin discriminación ni incremento de su jornada laboral -14 horas-, por razón del turno que éstos realizan”.
Fdº : Julián González García.
Sección Sindical de la CGT-Sanidad
Fuente: Fdº : Julián González García/Sección Sindical de la CGT-Sanidad