El Observatorio de la Deuda en la Globalización (ODG) y Ecologistas en Acción advierten que la Compañía Española de Seguros de Crédito a la Exportación (CESCE), está considerando asegurar por cuenta del Estado la construcción de una problemática fábrica de celulosa por parte de la empresa ENCE en Uruguay. A pesar de tratarse de una operación de alto riesgo ambiental, CESCE no ha proporcionado la Ley de acceso a información ambiental, incumpliendo asimismo los Acuerdos de la OCDE en materia de medio ambiente.

El Observatorio de la Deuda en la Globalización (ODG) y Ecologistas en Acción advierten que la Compañía Española de Seguros de Crédito a la Exportación (CESCE), está considerando asegurar por cuenta del Estado la construcción de una problemática fábrica de celulosa por parte de la empresa ENCE en Uruguay. A pesar de tratarse de una operación de alto riesgo ambiental, CESCE no ha proporcionado la Ley de acceso a información ambiental, incumpliendo asimismo los Acuerdos de la OCDE en materia de medio ambiente.

La empresa española ENCE pretende construir en Punto Pereira (Uruguay) una fábrica de celulosa, con una producción anual de un millón de toneladas. Para esta operación, que representará un costo de 1.385 millones de euros, ENCE ha solicitado un crédito a bancos privados y una póliza por “riesgos políticos” a la Compañía Española de Seguros de Crédito a la Exportación (CESCE), en la cual el Estado tiene la mayoría del capital (50.25%). Puesto que se trata de una operación “riesgo-país” por cuenta del Estado, es el Gobierno español, a través del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y del propio presidente del Gobierno, quien tiene el peso decisivo sobre su aprobación. Si se aprueba esta operación, el Gobierno sería co-responsable de los daños ambientales e impactos socio-económicos que se podrían provocar en esta región.

Para analizar el proyecto e informar sobre sus consecuencias al Gobierno, el Congreso de los Diputados, los medios de comunicación y la sociedad civil internacional, hemos solicitado a CESCE el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) de ENCE sobre la factoría proyectada. Hasta la fecha CESCE se ha negado a entregar la documentación a pesar de que ha transcurrido el mes de plazo establecido desde su solicitud y que se realizó el pago reclamado por CESCE para la gestión. Además, en una conversación personal con el presidente de la compañía, Juan Badosa, durante la IX Conferencia Anual de CESCE el pasado 15 de noviembre, éste nos confirmó que íbamos a recibir el estudio en el plazo más breve posible, aunque dudaba que éste estuviese finalizado. Los documentos internos de CESCE tampoco hacen referencia a ningún EIA, y tan sólo mencionan la evaluación de la Corporación Financiera Internacional del Grupo del Banco Mundial para un proyecto anterior.

La opinión pública tiene el derecho a conocer la información solicitada por cuanto no opera ninguna causa de denegación de la misma contemplada en la Ley 27/2006 (Ley por la que se regula los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente). En relación a las excusas aducidas por CESCE, que suponen una barrera ilegítima y arbitraria al ejercicio de un derecho fundamental y humano -reconocido en el Convenio de Aarhus y en la Constitución Española- exponemos que :

1) La Ley 27/2006 es aplicable a toda autoridad pública o ente privado que maneje información ambiental según el concepto que la propia ley determina en su artículo 2.3.

2) Para acceder a la información no hace falta ser persona interesada sino ser miembro del “público” que se define como “cualquier persona física o jurídica”. Así pues, cualquier persona puede acceder a la información ambiental y no hace falta demostrar interés alguno ni demostrar representar a nadie. Tenemos derecho a obtener la información inmediatamente, y en el plazo máximo de un mes. El concepto de persona interesada se reserva para procesos de participación y el acceso a la justicia, con lo que no es aplicable a este caso en que únicamente se pretende acceder a la información.

Por todo lo anterior y de acuerdo con el artículo 29 de la Ley 29/1998, que regula la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, solicitamos a CESCE la entrega inmediata de la información y advertimos de que en caso contrario la reclamaremos judicialmente pidiendo expresamente la condena en costas por su temeridad al denegar los datos públicos solicitados y que entenderemos que cualquier negativa a dicho acceso se trata de una obstrucción a un derecho fundamental que puede ser constitutiva de delito. Todo ello sin perjuicio de reclamar oportunamente al Ministerio de Comercio, del que este organismo depende.

Asimismo denunciamos que CESCE ha violado con esta actitud los acuerdos de la OCDE en materia de medio ambiente, según los cuales para los proyectos de más de 2 años CESCE debe pedir un EIA y que los EIA sean públicos mínimo 30 días antes de la aprobación.

En la región donde ENCE trata de establecer la papelera, se ha generado una fuerte contestación social. Las autoridades uruguayas también han denegado la información ambiental solicitada por las organizaciones sociales sobre el proyecto. Los grupos REDES-Amigos de la Tierra Uruguay, el Grupo Guayubira, la Casa del Pueblo Arco Iris (Tarariras, Colonia) y la Asamblea por un Uruguay Natural Multiproductivo consideran que la justicia prefirió tutelar al Estado, en su intención de reservar en secreto la información relativa al grupo empresarial ENCE, y no al derecho de los ciudadanos a acceder a información pública. El Juez no acogió la acción de amparo presentada por estas organizaciones.


Fuente: ¿Quién debe a Quién ?