Campaña de recogida de firmas en solidaridad con Javier Caso y petición de información al Concejal Felix Macías sobre su gestión, y la del Equipo de Gobierno del que formaba parte, sobre las siguiente realidades que generaron más de 3.000 contratos de trabajo presuntamente irregulares, concesiones de subvenciones otorgadas presuntamente en exclusividad a organicizaciones de su entorno político, otorgaciones de servicios municipales presuntamente a empresas de su simpatía.

Campaña de recogida de firmas en solidaridad con Javier Caso y petición de información al Concejal Felix Macías sobre su gestión, y la del Equipo de Gobierno del que formaba parte, sobre las siguiente realidades que generaron más de 3.000 contratos de trabajo presuntamente irregulares, concesiones de subvenciones otorgadas presuntamente en exclusividad a organicizaciones de su entorno político, otorgaciones de servicios municipales presuntamente a empresas de su simpatía.

Por formular preguntas como las siguientes Javier Caso ha sido condenado, por la sentencia nº 35/2004, a pagar una multa de 2.190 euros, 6.000 euros de indemnización y 2.700 euros de costas.

1.- Estoy seguro que no le negará a la ciudadanía de Plasencia las declaraciones de bienes de cada uno de los años en que Usted ha ocupado puesto de representante en el Ayuntamiento de Plasencia, al objeto de compararlas y con ello comprobar que Usted tiene el mismo patrimonio personal que cuando entró en política.

2.- Estoy seguro que no le negará a la ciudadanía de Plasencia el listado de empresarios, con facturas pagadas o comprometidas, que participaron en el desarrollo de actividades culturales en la ciudad, contratadas por el Ayuntamiento de Plasencia, incluyendo el teatro Alcázar, así como detalle de cada una de las facturas pagadas o comprometidas y cuantía total que cada uno de ellos recibió por los servicios prestados durante las legislaturas en las que José Luis Díaz fue Alcalde de Plasencia y Félix Macías Concejal de Cultura ; así como procedimientos seguidos para su adjudicación.

3.- Estoy seguro que no le negará a la ciudadanía de Plasencia el listado de organizaciones sociales que recibieron subvenciones, detalle de cada una de estas subvenciones y cuantías de las mismas durante las legislaturas en las que José Luis Díaz fue Alcalde de Plasencia y Félix Macías Concejal de Cultura ; y en especial las referidas a entidades culturales y aquellas concedidas por Félix Macías. Así como órdenes de subvenciones o procedimiento seguido para su concesión.

4.- Estoy seguro que no le negará a la ciudadanía de Plasencia informe sobre la totalidad de plazas ofertadas y cubiertas por el Ayuntamiento de Plasencia durante las legislaturas en las que José Luis Díaz fue Alcalde de Plasencia y Félix Macías Concejal de Cultura, indicando las que se han llevado a cabo sin proceso de selección previo, esto es, contrataciones que no hayan sido sometidas a examen y prueba previa a la contratación. Sin olvidar reflejar las realizadas, sin procedimiento selectivo previo, por Decreto de Alcaldía ; y por tanto hayan sido realizadas vulnerando los principios de igualdad, mérito y capacidad así como publicidad establecidos con carácter general en el artículo 91 de la Ley 7/1985.

Nombre y Apellidos________________DNI__________________Firma

Nombre y Apellidos________________DNI__________________Firma

Nombre y Apellidos________________DNI__________________Firma

Nota : Para una mayor información :

EL JUZGADO DE LO PENAL Nº 1 DE PLASENCIA DICTA RESOLUCIÓN EJECUTORIA REQUIRIENDO A NUESTRO COMPAÑERO JAVIER CASO EL ABONO DEL IMPORTE DE LA MULTA Y DE LA INDEMNIZACIÓN FIJADA EN LA SENTENCIA Nº 35/2004.

Desde la CGT de Plasencia solicitamos vuestra solidaridad con el compañero Javier Caso y la injusta sentencia nº 35/2004 por la cual se le condena por un delito de injurias, a un representante de la derecha placentina, a pagar 2.190 euros de multa y 6.000 euros de indemnización. Más cuando, y como decíamos en el recurso de apelación, se han quebrantado las normas o garantías procesales y constitucionales en la defensa de nuestro compañero.

Nuestra representación legal alegaba en el recurso de apelación la indefensión causada por las pruebas propuestas y desestimadas por el juzgador penal, sin motivación, toda vez que al disponer de ellas, la defensa podría haber abundado más, si cabe, en las múltiples irregularidades administrativas cometidas por el Ayuntamiento de Plasencia en la época en la que el Concejal MACÍAS, querellante, gestionaba el área de cultura ; pues el Código Penal, determina en su artículo 210, que : «El acusado de injuria quedará exento de responsabilidad probando la verdad de las imputaciones cuando éstas se dirigan contra funcionarios públicos sobre hechos concernientes al ejercicio de sus cargos o referidos a la comisión de faltas penales o de infracciones administrativas».

Aprovechamos la presente para recordaros que tenemos una cuenta abierta en Caja de Extremadura al objeto de hacer frente al pago de la multa y la indemnización, su número es el siguiente : 2099.0001.50.0000726834 . Se solidario. Colabora con lo que puedas.

http://www.esfazil.com/kaos/noticia.php ?id_noticia=3769

Noticia completa :
http://www.rojoynegro.info/2004/article.php3 ?id_article=1651


Par : CGT PLASENCIA