Ayer martes se celebró en la Audiencia Nacional (AN) el juicio de las MSCT colectivas de Gran Público.
En primer lugar indicar que la inspección de trabajo tras solicitarle la AN, emitió un informe sobre el proceso de las MSCT. En este informe, la inspectora de trabajo constata que la empresa no facilitó los datos reales en cuanto a personas afectadas además de indicar que no había motivos para partirnos la vida. Durante el juicio la parte social puso de manifiesto que: -El objetivo de partimos la vida era deshacerse de mayor número de trabajadoras, esto se constata debido a que fueron 107 compañerxs lxs despedidxs después del proceso. -Los criterios de afectación solo los conocían ellos.
En primer lugar indicar que la inspección de trabajo tras solicitarle la AN, emitió un informe sobre el proceso de las MSCT. En este informe, la inspectora de trabajo constata que la empresa no facilitó los datos reales en cuanto a personas afectadas además de indicar que no había motivos para partirnos la vida. Durante el juicio la parte social puso de manifiesto que: -El objetivo de partimos la vida era deshacerse de mayor número de trabajadoras, esto se constata debido a que fueron 107 compañerxs lxs despedidxs después del proceso. -Los criterios de afectación solo los conocían ellos. -El informe del tráfico de llamadas presentado por la empresa en el periodo de consultas no acredita semejante barbaridad, confirmado por su propio perito. -La vulneración de los derechos fundamentales como son las guardas legales y víctimas de violencia de género. -La vulneración del principio de igualdad afectando directamente a las mujeres. Queremos destacar las palabras del ministerio fiscal (está presente en la sala cuando en las demandas se solicita vulneración de derechos fundamentales) indicando que existen indicios de vulneración del art. 14 de la Constitución debido a que la afectación sobre las guardas legales recae principalmente sobre las mujeres. Por otro parte, éste también ve indicios de vulneración de la libertad sindical, pues la negociación de las guardas legales no se han realizado en el marco de la negociación colectiva (periodo de consultas), sino a través de acuerdos individuales posterior a este periodo. Ahora toca esperar lo que diga la Audiencia Nacional.
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Fuente: Sector Federal de Telemarketing