Aplazada hasta septiembre la revisión del caso Puig Antich

El Supremo eleva al Pleno de su Sala Militar la decisión del ’caso Puig Antich’

La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo acordó hoy que sea el Pleno de dicho órgano, y no sólo cinco magistrados, quien decida si admite a trámite el recurso de revisión contra la condena a muerte del anarquista catalán Salvador Puig Antich, quien fue ejecutado a garrote vil el 2 de marzo de 1974. La sentencia fue dictada por un consejo de guerra durante el franquismo.

Aplazada hasta septiembre la revisión del caso Puig Antich

El Supremo eleva al Pleno de su Sala Militar la decisión del ’caso Puig Antich’

La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo acordó hoy que sea el Pleno de dicho órgano, y no sólo cinco magistrados, quien decida si admite a trámite el recurso de revisión contra la condena a muerte del anarquista catalán Salvador Puig Antich, quien fue ejecutado a garrote vil el 2 de marzo de 1974. La sentencia fue dictada por un consejo de guerra durante el franquismo.

Cinco magistrados de la Sala Militar estudiaron hoy (ayer) el recurso y, a propuesta de su presidente, Angel Calderón, acordaron que sea el Pleno de la Sala quien decida en una reunión que se celebrará el próximo mes de septiembre.

La Sala deberá decidir si autoriza la formulación del recurso de revisión, paso previo para analizar los argumentos de fondo de la reclamación.

El recurso ha sido presentado por las hermanas de Salvador Puig Antich. En 1994, el Supremo ya rechazó la revisión del caso al resolver un recurso similar formulado por las mismas personas.

El tribunal tendrá sobre la mesa los argumentos de la familia de Puig Antich y también un informe de la Fiscalía de lo Militar del Supremo, que se opone a la admisión a trámite del recurso. Puig Antich fue condenado por la muerte de un policía.

PRECEDENTE EN EL T.C.

El Supremo deberá decidir teniente presente que, el 13 de julio de 2004, el Tribunal Constitucional anuló la decisión de la misma Sala de lo Militar del Supremo de no autorizar la revisión del caso de Francisco Granado y Joaquín Delgado, de las Juventudes Libertarias, que fueron condenados a muerte y ejecutados a garrote vil el 17 de agosto de 1963. El T.C. ordenó al Supremo practicar las pruebas propuestas por los recurrentes antes de decidir.


Fuente: Terra