A propósito del nacimiento, posiblemente hoy, del Tribunal administrativo, que aprobará el gobierno andaluz. Según la Directiva Europea 1999/70/CE obliga a los estados miembros a reconocer la antigüedad de los trabajadores indistintamente del tipo de contrato, tanto sea indefinido como temporal. Esta Directiva dio un plazo de un año para que los países adaptaran su norma a esta directiva y la aplicasen.

A propósito del nacimiento, posiblemente hoy, del Tribunal administrativo, que aprobará el gobierno andaluz. Según la Directiva Europea 1999/70/CE obliga a los estados miembros a reconocer la antigüedad de los trabajadores indistintamente del tipo de contrato, tanto sea indefinido como temporal. Esta Directiva dio un plazo de un año para que los países adaptaran su norma a esta directiva y la aplicasen.

En el caso de España, esta adaptación se ha realizado con fecha 13 de mayo de 2007, la cual viene recogida en el Estatuto Básico del Empleado Público, que establece las retribuciones de los funcionarios interinos reconociendo los trienios administrativamente correspondientes a los servicios prestados, antes de la entrada en vigor del Estatuto, y con efectos retributivos desde el 13 de mayo de 2007, un mes más tarde de su entrada en vigor.

CGT entiende que esta directiva es de obligado cumplimiento y es la Administración la que tiene que realizar de oficio el cumplimiento de la misma desde la fecha que le impone la Directiva Europea y no obligar a los trabajadores y trabajadoras a reclamar sus derechos retributivos. Por ello CGT insta a la Consejería de Educación a que cumpla la Directiva Europea 1999/70/CE.

Ya que la reclamación de cantidad, da comienzo desde el momento que se presenta la reclamación de cantidad de trienios. Transcurridos los tres meses desde la interpolación de la reclamación o en el caso de que se produzca respuesta denegatoria previa a estas fechas, se tendrá que formular recurso de alzada y, en caso negativo de este último, recurso contencioso administrativo.

Miles de reclamaciones que acabarán como viene siendo habitual en tribunales contenciosos administrativos. Una práctica en la Consejería de Educación y que llevan aplicando los diversos gobiernos socialistas andaluces, que conlleva la negativa sistemática al reconocimiento de derechos incluso, como en este caso, con sentencias firmes de tribunales.

Esta estrategia tiene por objeto de dilatar en el tiempo el pago de las deudas contraídas y someter a los legítimos depositarios de los derechos, los ciudadanos y las ciudadanas, ante tribunales, situación que no siempre se está en condiciones reales de afrontar y que disuade a miles de personas que desisten de defender su derecho.

Otro ejemplo notable son las demandas por escolarización. Una practica que ya Joaquin Costa califico acertadamente de Caciquil y que podemos ubicar en el conocido aserto del Cacique ¡ Al amigo el favor ! ¡Al enemigo la ley !.

Muchos caciques se reúnen precisamente hoy para dar forma legal a una nueva institución, el tribunal administrativo, que pretenderá evitar que se lleve tan a menudo y en cantidades ingentes recursos contenciosos contra las administraciones publicas.

Fdo Rafael Fenoy Rico Secretario de Jurídica y Comunicación

FASE CGT Andalucía


Fuente: FASE CGT Andalucía