Por lo leído, ojeado e interesado en conocer he llegado a la conclusión y creo no equivocarme, tanto la Junta de Andalucía como el Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra han abusado de su poder y cometido el mayor atropello contra el débil.
Porque no decirlo si es casi una afirmación indiscutible. Cuando la Administración no cumple con su deber y desatiende al ciudadano que reclama sus derechos, se puede considerar en un primer termino como negligencia ó insensibilidad.
Si persiste el mismo comportamiento en el tiempo y es demostrado que la razón esta de parte del reclamante no siendo atendido correctamente , no cabe otra opinión , abuso de poder por negligencia voluntaria intencionada y como no atropello oficial.
El caso que ocupa, una vivienda de protección oficial, famosas V. P. O.
La citada que presenta defectos oculto graves que infringen la Ley y por lo que fue sancionada la empresa Inmobiliaria Gabasan s. a. con domicilio social en Madrid calle Fernando POO , 39 es uno mas de tantos casos, pero si tiene su propia peculiaridad.
Existe una Sentencia del T. S. J. A. como aparece denunciado en prensa, lo curioso del caso es la nulidad de la citada Sentencia ya que de nada ha servido.
Una parte, beneficiaria de la citada sentencia tal cual el propietario de la vivienda, ha intentado que se ejecute la misma con solicitud al alto Tribunal, ha sido tiempo perdido, no ha habido respuesta positiva por parte de la SALA, con lo que se ha producido una indefensión manifiesta hacia el perjudicado que pierde por ganar el daño originado en lo económico y en lo moral. Aquí se puede decir que la Justicia se ha quedado estática, ya que tras condenar para que se rectifique un mal, ha provocado doble mal al perjudicado siendo condescendiente con el condenado que ha salido ileso tras la condena, pues no ha reparado el mal perpetrado, ello le permite repetir su comportamiento, no cumplir la Ley ya que no ha sido en la realidad castigado.
La otra parte Junta de Andalucía y Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra, han mantenido pasividad absoluta, siendo también beneficiarias de la Sentencia, cosa extraña en su comportamiento.
¿Que ha ocurrido ? ¿Porque tan extraño proceder ? ¿ Que puede hacer el ciudadano perjudicado ? ¿Estaba todo amañado ?
El propietario de la vivienda ha sido abandonado ha su suerte, los dos ESTAMENTOS abandonan su deber de protección hacia el débil y con tal actitud apoyan conscientes o negligentemente al malhechor o delincuente, que como decía antes, podrá repetir su hazaña delictiva ya que le han ayudado a burlar la Ley.
Por otro lado, la Junta de Andalucía parte del procedimiento contencioso administrativo, no ha ejercido su derecho ni su deber de solicitar a la Sala del alto Tribunal la ejecución de Sentencia, mal mayor aún para el ciudadano indefenso.
Me cuesta sacar conclusiones ante un caso tan polémico y extraño , casi 18 años han sido enterrados en 15 minutos en una subasta donde al parecer el propietario había ofrecido a la entidad bancaria 95.000 euros y cuan la sorpresa que sale por 89 mil euros y pico, apostándose solo una vez con 35 euros 35 más de lo pedido por el banco. Algo ha debido ocurrir, personalmente no acabo de entenderlo, pienso que tiene todo el viso de una trama para liquidar el problema y desposeer al propietario de la roncha, motivo de su denuncia permanente contra la Junta y Ayuntamiento.
¿A quien le colocaran ahora el marrón de la V.P.O. ?
¿Se desentenderán la Junta y Ayuntamiento de la Vivienda ?
¿Darán nueva cedula de habitabilidad ? ¿ Hará EMASEA la obra según ofreció, que actitud tomará ?
Tantas interrogantes si no son contestadas, hay que pensar que se ha permitido la especulación desde la administración y se ha castigado al proteston para que sirva de escarmiento ejemplar.
C O N T I N U A R A…
Par : ANTONIO PEREZ VAZQUEZ
Fuente: ANTONIO PEREZ VAZQUEZ