Artículo publicado en Rojo y Negro nº 392, septiembre 2024

La Audiencia Nacional da la razón a CGT que exigía a Covisian la retribución del permiso para asistir a dentistas públicos y privados. El 22 de julio, la Audiencia Nacional emitió una sentencia histórica a favor de los derechos laborales de las personas trabajadoras de Covisian, resolviendo una disputa que ha sido objeto de una larga lucha sindical.

La empresa Covisian sostenía que las visitas a dentistas no debían incluirse dentro de las 35 horas médicas retribuidas anuales establecidas en el convenio colectivo. Esta política significaba que cualquier tiempo utilizado para consultas dentales debía ser justificado, pero no remunerado obligando a las personas trabajadoras a recuperar esas horas o a sufrir descuentos en sus nóminas. Esta postura generó una gran desventaja para las/os trabajadoras/es que requerían atención dental.
La Audiencia Nacional, mediante la sentencia 96/2024, dictaminó de forma contundente: “Condenamos a la citada empresa a que cese la práctica consistente en denegar a las personas trabajadoras el permiso retribuido de hasta 35 horas médicas anuales, en los casos de asistencia a las consultas de dentista-odontólogo-estomatólogo, de la Seguridad Social y/o médico privado, así como para el acompañamiento de las personas trabajadoras a los descendientes menores de 18 años, a los ascendientes mayores de sesenta y cinco años y a las personas dependientes a cargo de la persona trabajadora”.
La empresa argumentaba que el término «consultas médicas» se refería exclusivamente a médicos licenciados en medicina y estomatólogos, excluyendo a dentistas y odontólogos. Este intento de restringir los derechos de las/os trabajadoras/es fue rechazado categóricamente por la Audiencia Nacional que reafirmó el derecho de las/os empleadas/os a contar con tiempo retribuido para todas las consultas médicas, incluidas las dentales.
Detrás de esta victoria legal se encuentra la perseverancia y la determinación de la sección sindical de CGT Covisian, aun teniendo obstáculos internos presentados por un grupo de personas que ya han sido expulsadas de la Organización en un intento de mantener el control y silenciar nuestras quejas perjudicando a las personas trabajadoras de Covisian y negándoles la oportunidad de ejercer sus derechos. Durante años, hemos luchado incansablemente contra las políticas injustas de la empresa y defendido el bienestar y los derechos de los/as empleados/as. Esta sentencia es un testimonio de su dedicación y su compromiso con la justicia laboral.
A pesar de la claridad y contundencia del fallo existe la posibilidad de que Covisian decida recurrir la sentencia en un último intento por mantener sus prácticas actuales. Si esto ocurre, las/os trabajadoras/es podrían seguir enfrentándose a la injusticia de ver descontadas las horas médicas de sus salarios, lo que constituiría no solo una violación de sus derechos, sino también una grave desconsideración hacia su salud y bienestar y el de sus familias.
La Audiencia Nacional ha subrayado que Covisian debe cesar inmediatamente esta práctica y respetar el derecho de los trabajadores conforme al Convenio Colectivo. Además, según el artículo 160.4 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, las sentencias son ejecutivas desde el momento en que se dictan, lo que implica que la empresa debe acatar el fallo sin demora.

Sección Sindical de CGT en Covisian


Fuente: Rojo y Negro