La primera de ellas condena a la tomatera alicantina a pagar 3.000 euros a CGT por no informar de un ERE y la segunda ampara en el derecho a la libertad sindical la pancarta “Bonnysa, morosa, explota, cobra y no paga”
Bonnysa pagará 3.000 euros por no informar de un ERE
El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha condenado a una empresa de Alicante, Bonnysa, una de las principales productoras de tomate de España, a indemnizar a un delegado sindical con 3.126 euros por no facilitarle información sobre los expedientes de regulación de empleo (ERE) que acometió en 2015.
Bonnysa pagará 3.000 euros por no informar de un ERE
El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha condenado a una empresa de Alicante, Bonnysa, una de las principales productoras de tomate de España, a indemnizar a un delegado sindical con 3.126 euros por no facilitarle información sobre los expedientes de regulación de empleo (ERE) que acometió en 2015.
La sentencia, fechada el pasado mes de mayo, revoca un fallo anterior del juzgado de lo Social 2 de Alicante y establece que la mercantil vulneró “el derecho fundamental de libertad sindical en su vertiente de derecho a recibir información de la empresa”.
El delegado, de la Confederación General de Trabajdores (CGT), había solicitado en julio de 2015 a la dirección de Bonnysa que le proporcionara información sobre el listado de trabajadores afectados por dos ERE, uno de ellos de carácter temporal, documentación que requirió de nuevo en febrero de 2016.
En los meses posteriores, la empresa le remitió una serie de escritos en los que le comunicaba que esas cuestiones iban a ser tratadas por la comisión de seguimiento de los ERE, en la que participaba ya una representante de la sección sindical de CGT.
El juzgado de Alicante desestimó la demanda del sindicalista en julio de 2016 por esa razón, pero la Sala de lo Social del TSJ ha revocado el fallo tras dictaminar que el derecho al acceso de información de un delegado sindical “tiene naturaleza individual, autónoma e independiente” del que se garantiza al comité de empresa como ente colectivo.
“La empresa no cumple con entregar al comité de empresa la documentación requerida por el actor, delegado sindical de CGT que no es miembro del comité de empresa, por lo que debe declararse que es antisindical su conducta”, precisa el tribunal autonómico.
Los magistrados recuerdan que la Confederación General del Trabajo representa a más del 10 % de los empleados de Bonnysa y que el demandante había requerido información sobre el ERE y el ERE temporal iniciados en mayo de 2015 y acordados en julio del mismo año.
El TSJ concluye que la legislación otorga a los delegados sindicales que no formen parte del comité de empresa un derecho específico a obtener la “misma información y documentación que la empresa ponga a disposición de dicho órgano de representación unitaria”.
Así, la nueva sentencia, que puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo, constata una “postura obstinada” de Bonnysa al desatender requerimientos de información “sobre extremos de indudable valor para la defensa de los derechos de los trabajadores” y fija una indemnización por daños morales de 3.126 euros a favor del demandante, frente a los 6.000 que éste reclamaba.
Juez falla que la libertad sindical ampara llamar explotadora a una empresa
Una juez de Alicante ha dictaminado que llamar “morosa” y “explotadora” a una empresa en una pancarta está amparado en el derecho de libertad sindical, según una sentencia a la que ha tenido acceso Efe.En el fallo, la juez ha desestimado una demanda de la mercantil Bonnysa Agroalimentaria, una de las principales comercializadoras de tomate en España, que reclamaba 6.000 euros de indemnización a la Confederación General del Trabajo (CGT) al considerar vulnerado su derecho al honor porque se había instalado una pancarta con el lema “Bonnysa, morosa, explota, cobra y no paga”.”Examinada la jurisprudencia, la libertad de expresión y de información debe primar sobre el derecho al honor, siempre que las informaciones que se den en el ejercicio de la libertad sindical sean veraces y no se empleen palabras o expresiones gravemente injuriosas o vejatorias”, establece la resolución judicial.Los hechos se remontan al 21 de noviembre de 2015, cuando CGT desplegó frente al edificio de la Diputación de Alicante, en la céntrica avenida de la Estación de esta ciudad, una pancarta en la que podía leerse: “Bonnysa, morosa, explota, cobra y no paga”.El sindicato pretendía denunciar con esta acción los impagos por parte de la mercantil de la parte proporcional de pagas extras y de beneficios que, a su juicio, debía cobrar todo empleado enfermo mientras durase su baja en función del convenio colectivo entonces vigente.No obstante, Bonnysa interpuso una demanda contra un delegado de CGT en la empresa, Juan José Cuartero, y contra la propia organización sindical al entender que las expresiones de la pancarta eran “vejatorias y degradantes”, lesionaban su honor y la difamaban, pues le atribuían “censurables prácticas de explotación e impago”.Por el contrario, la titular del Juzgado de Primera Instancia 4 de Alicante, Beatriz Escobar, rechaza en su fallo, que puede ser recurrido ante la Audiencia Provincial, que el contenido de la pancarta pueda ser calificado “de gravemente injurioso”, pues las expresiones “morosa”, “explota” o “no paga” resultan “justificadas” en el ejercicio del derecho a la libertad sindical.La magistrada recuerda que existía un conflicto laboral en Bonnysa sobre el pago de determinados complementos y derechos en las nóminas de los trabajadores con incapacidad temporal que ha desembocado en multitud de demandas y resoluciones judiciales, la mayor parte de ellas favorables a los empleados.A su juicio, en el marco de dicha controversia, “redactar una pancarta en esos términos es una manifestación del derecho a la libertad sindical para denunciar una situación que los trabajadores consideran injusta”.Por otro lado, continúa la juez, “no se ha probado” que fuera el delegado sindical demandado quien colocara la pancarta, una protesta que había recibido la autorización de la Subdelegación del Gobierno, ni que eso “generara un daño a la entidad Bonnysa”.
Un representante de la empresa alegó durante el juicio, celebrado el pasado mes de mayo, que la imagen de la mercantil se había visto afectada, pues recibió “multitud de llamadas” y la entidad bancaria con la que negociaba su financiación les consultó “qué sucedía”.
En cambio, la sentencia establece que ese supuesto daño a la imagen empresarial no ha sido probado y Bonnysa ni siquiera ha podido acreditar que la manifestación “tuviera alguna repercusión mediática”.
“Cuando se realiza una crítica en el ámbito de la actividad sindical, ésta, por su naturaleza, suele ser molesta e incómoda para quien la recibe y, desde el punto de vista subjetivo del empleador, puede resultar ofensiva, pero este tipo de crítica debe quedar amparada dentro del ejercicio del derecho a la libertad sindical siempre que no resulte excesiva, por cuanto de otro modo este derecho quedaría vacío de contenido”, concluye la juez.
EFE
18-m Alicante: Concentración en solidaridad con Juanjo, delegado denunciado por la empresa por una pancarta que decía “Bonnysa morosa, explota, cobra y no paga”: http://www.cgtpv.org/confederal/18-m-alicante-concentracion-solidaridad-con-juanjo-delegado-denunciado-por-empresa-por-pancarta-que-decia-bonnysa-morosa-explota-cobra-y-no-paga