Hoy presentamos la primera sección del libro “Los orígenes del modelo sindical argentino: 1896-1945”, escrito por Leonardo Elgorriaga de la FORA en Buenos Aires. En esta primera parte del texto el autor cuenta la influencia de la estructura partidaria y el Partido Socialista en el movimiento sindical, y los comienzos de la organización obrera libertaria en las paginas del periódico “La Protesta Humana”.
Cada lunes publicaremos la siguiente parte de “Los orígenes del modelo sindical argentino” en una serie sobre el movimiento obrero revolucionario en la región argentina.
Por: Leonardo Elgorriaga
Libro publicado por: La Sociedad de Resistencia de Oficios Varios Capital, Federación Obrera Regional Argentina (F.O.R.A. – A.I.T.)
Introducción:
Por: Leonardo Elgorriaga
Libro publicado por: La Sociedad de Resistencia de Oficios Varios Capital, Federación Obrera Regional Argentina (F.O.R.A. – A.I.T.)
Introducción:
El objetivo del presente trabajo es analizar los hitos históricos fundamentales que llevaron a la implementación del modelo sindical actualmente vigente. Para ello se analizará el primer movimiento sindical existente en nuestro país y los acontecimientos, tanto a nivel local como internacional, que propiciaron la instauración del actual modelo a partir del dictado del decreto 23.852/45. En el presente trabajo se estudiarán prácticas, principios y significados del movimiento sindical totalmente abandonados en la actualidad. También se estudiará el proceso de resignificación de esas prácticas y principios a partir de la intromisión del Estado en la conformación del movimiento sindical. Se analizará la problemática de la unidad, y la dicotomía entre unidad real y unidad formal. Finalmente se tratará también la relación Estado-sindicato desde una perspectiva crítica. El propósito del presente trabajo es aportar nuevos elementos aún no considerados para la puesta en crisis del actual modelo, denunciando los verdaderos motivos de su implementación y las consecuencias que el mismo trajo para el movimiento sindical argentino.
El Partido Socialista y un movimiento sindical dentro de la estructura partidaria:
El 28 de junio de 1896 tuvo lugar el Congreso Constituyente del Partido Socialista Obrero Argentino (luego Partido Socialista -PS-). La actuación del PS en sus primeros años de existencia estuvo claramente signada por los acontecimientos ocurridos en el seno de la IIa Internacional, en la división producida dentro de esta última entre ortodoxos (Engels, Kautsky, Bebel, etc.) y revisionistas (Bernstein). Estos últimos planteaban la posibilidad del ingreso gradual al socialismo mediante reformas legislativas parciales, mientras que los llamados ortodoxos defendían la necesidad de la revolución violenta. Ambas corrientes planteaban por igual la necesidad de que los trabajadores obtengan mejoras inmediatas en sus condiciones de vida a través de reformas legislativas. Ya en su Primer Congreso celebrado en París en julio de 1889, la IIa Internacional reclamaba a los Estados una legislación protectora del trabajo que reconociera los derechos más elementales de los trabajadores1. La IIa Internacional alentó la formación de partidos socialistas nacionales para participar activamente en la vida electoral de cada país y obtener así representantes socialistas dentro de los respectivos parlamentos.
Asamblea del Partido Socialista Argentino, 1904
El PS en nuestro país tuvo desde sus orígenes un claro perfil reformista impulsado principalmente por el ala justista del partido, viendo en la lucha parlamentaria el principal medio para la obtención de mejoras para los trabajadores. Es por ello que en los primeros años de existencia la actuación del PS estuvo abocada principalmente a la ampliación de los derechos políticos de los trabajadores, la nacionalización de los inmigrantes y la lucha contra el fraude electoral. La preponderancia de la lucha parlamentaria llevaba a un segundo plano la lucha sindical, debiendo estar esta última subordinada a la primera en la búsqueda del reconocimiento de los derechos políticos de los trabajadores y la obtención de leyes protectoras del trabajo. En su Congreso Constituyente el PS declaraba: “El Congreso Socialista considerando que el único medio de obtener una buena legislación sobre el trabajo es el empleo de la acción política, declara: Que las sociedades gremiales y la Federación2 deben públicamente recomendar a sus miembros voten en las elecciones por el Partido Socialista Obrero que reclama esa legislación protectora del trabajo”3. Esta subordinación del sindicato a las estrategias parlamentarias del partido implicaba un rechazo abierto a las formas de lucha insurreccionales llevadas adelante por los sindicatos a través de la huelga general revolucionaria, prefiriendo por el contrario la utilización moderada de la huelga en relación siempre con el programa adoptado por el partido. En lo que hace a la organización gremial, los primeros estatutos del PS establecían la integración orgánica de las asociaciones gremiales a la estructura del partido, por lo que la actuación de aquellas estaba subordinada a la dirección de los propios órganos del partido. Si tenemos presente que los Congresos partidarios se realizaban cada dos años, la preponderancia del Comité Ejecutivo Nacional en la marcha diaria del partido era evidente ya que tiene entre otras facultades “Dirigir la propaganda nacional y el control de la propaganda hecha por las organizaciones locales”. Asimismo, los estatutos establecían que “La carta orgánica de las agrupaciones socialistas provinciales o locales deberán ser aprobadas por el Comité Ejecutivo Nacional, como garantía de concordancia con estos estatutos”. Se reducía notablemente así la autonomía de las agrupaciones provinciales o locales, planteando por el contrario una estructura jerárquica que concentraba el poder de decisión en sus órganos nacionales.
Pero los estatutos no sólo establecían la integración de las asociaciones gremiales a la estructura jerárquica del partido y la adopción de su programa de acción, sino que además establecían los lineamientos generales sobre la forma de organización de esas asociaciones. Los estatutos establecían al respecto que “Las sociedades gremiales adherentes al Partido deberán formar parte de la Federación nacional del oficio, si la hay, o adherirse a ella si llega a formarse”. También establecían que “Nunca se reconocerá dos o más sociedades del mismo oficio en una localidad, sin estar confederadas entre sí”. La organización sindical propuesta por el PS consistía en una fuerte unión orgánica a nivel nacional de base corporativa. Los intentos del PS de fundar una federación obrera se verán postergados hasta el surgimiento de la UGT (Unión General de Trabajadores) luego de que los socialistas se retiren definitivamente de la FORA.
La organización obrera según Pellico:
Antonio Pellicer Paraire nació en Barcelona el 23 de febrero de 1851. Como obrero tipógrafo ingresa a los 12 años de edad al Sindicato de Tipógrafos de esa ciudad, viendo al poco tiempo morir a su padre en una manifestación popular. En 1868 ingresa a la Federación de Trabajadores de la Región Española, sección de la Primera Internacional (AIT) en ese país, donde su tío y primo4 ocupaban el cargo de secretario y presidente respectivamente. También ingresa ese año a la Alianza Bakuninista, organización secreta de carácter anarquista. Entre los años 1872 y 1875 se ve obligado a exiliarse y recorre México, Cuba y los Estados Unidos. En 1879 ingresa en la Sociedad de Tipógrafos de Barcelona, y en 1881 se afilia nuevamente a la Federación de Trabajadores de la Región Española reorganizada ese mismo año. En esta última será miembro de su Comisión Federal entre los años 1882 y 1888.
“Pellico” – Antonio Pellicer Paraire
En 1891 Antonio Pellicer Paraire se radica definitivamente en nuestro país y se incorpora como columnista en el periódico anarquista La Protesta Humana bajo el seudónimo de “Pellico”. A partir del 17 de noviembre de 1900, Pellico comienza a publicar en las páginas de dicho periódico una serie de doce artículos titulados “Organización Obrera”, en los cuales proyecta un modela de organización sindical basado en su larga experiencia dentro de la Internacional Española. Estos artículos finalizan contemporáneamente con el llamado Congreso Obrero a realizarse el 25 de mayo de 1901 en el cual quedará constituida la FORA. Siendo verdaderamente un desconocido para la historia argentina, la influencia del modelo proyectado por Pellico sobre la forma de organización que adoptará la FORA es incuestionable.
En uno de sus artículos Pellico señala que los principios de toda asociación obrera son: Acratismo, Libre pacto, y Solidaridad. Estos principios se sintetizan en el llamado “Pacto de Solidaridad”: “El Pacto de solidaridad encierra en su solo título los tres principios esenciales a toda asociación obrera de aspiraciones progresistas que enumerábamos en el segundo artículo: Acratismo, Libre pacto, Solidaridad; esto es: la libertad siempre mantenida por el individuo y por la colectividad; inteligenciarse, convertirse seres libres para realizar juntos sus propósitos, en disposición siempre de adoptar los medios o los modos más adecuados según las circunstancias aconsejen; y solidarizar todos los esfuerzos para el mejor éxito, apoyarse mutuamente con humanismo, con compañerismo, con fraternal espíritu, practicando, en una palabra, la solidaridad”5. De esta manera, el acratismo viene a ser el principio que libera a la organización de todo principio de autoridad, el libre pacto es el principio que excluye toda idea de una estructura rígida y vinculante para los trabajadores, y la solidaridad es el principio de una unión real entre los mismos para el logro de los objetivos propuestos.
Para Pellico el libre pacto viene a oponerse a la idea de una organización definida por ley o mediante estatutos rígidos y vinculantes que someta así la voluntad de los asociados: “…acontece con toda reglamentación con carácter permanente, que vicia y perturba y desvía los más bellos propósitos. La experiencia, pues, ha enseñado que lo que importa no es la buena ley, el buen estatuto, al cual deben sujetarse los individuos, sino un modo, una manera, un régimen para entenderse los individuos que se congregan para la realización de un determinado objetivo, régimen viable a lo infinito, según condiciones y circunstancias”. Asimismo, opone el acratismo con el principio de autoridad a través de la oposición entre centralización y descentralización administrativa: “En las sociedades obreras la explotación y el despotismo se entronizan por medio de la centralización administrativa y de la concesión de facultades a las juntas administradoras. Con pretexto de poder obrar enérgicamente y de libertad de acción, se erigen, los que debieran ser compañeros encargados de la administración, en directores, presidentes, en un poder ejecutivo, a modo de los gobiernos políticos, valiéndose de los mismos medios que éstos recabando para sí toda la autoridad y todos los recursos gobernar a sus anchas, como si pudiera admitirse el sofisma de que para realizar el bien del pueblo (o de los asociados) fuese indispensable, forzosa la tiranía. La descentralización administrativa de la sociedad es, pues, una garantía para el asociado, y a la vez el mejor sistema para que se hagan bien las cosas, así como en la industria la perfección del producto se realiza por medio de la división del trabajo”. Apelando a una coherencia entre fines y medios agrega que: “Para aspirar al bien y a la libertad no puede adoptarse un procedimiento de cuartel o convento, porque nunca se alcanzaría sino despotismo. La libertad se posee ejercitándola. Y engañan, mienten, sobornan, embaucan, traicionan a los obreros quienes les predican emancipación y los sujetan a un reglamento autoritario y los entregan como rebaño de ovejas a una junta administradora convertida en poder ejecutivo, con facultades y prácticas de gobiernos y gobiernos despóticos”6.
Tapa del N° 1 de La Protesta Humana
El Pacto de Solidaridad es entonces el medio para que los trabajadores unan sus fuerzas sin sujetarse a la autoridad de nadie, sin delegaciones ni concentraciones de poder de ningún tipo, ni tampoco sujetarse a reglas rígidas y vinculantes. La voluntad expresada en dicho pacto implica una participación activa de los trabajadores en la vida interna de los gremios conforme a la noción de acción directa, evitando así el quietismo de una delegación innecesaria: “Siendo la asociación gremial un producto de voluntades para fines determinados, deben estas voluntades ser activas; es decir, que cada uno y todos trabajen por el objetivo propuesto, y no permitir que unos se encarguen de hacerlo todo, y otros sean indiferentes a todo trabajo, porque ello acarrea o víctimas de los indolentes o mandarines de todos”7.
Para Pellico ese modo, manera o régimen que brinda el Pacto de Solidaridad se realiza a través del sistema federativo de organización, en donde “La solidaridad entre los individuos federados se practica de un modo directo, y sin la ingerencia de ningún poder; y la propaganda y organización quedaran libradas a la acción de las colectividades directamente, no dependientes de la voluntad de determinados individuos, salvo especialísimos casos, por común conveniencia de la federación”8. Se puede apreciar así la gran diferencia entre el modelo de organización proyectado por Pellico con la estructura partidaria expresada en los estatutos del PS antes mencionados, ya que en este último caso la propaganda y acción política del partido era dirigida por el Comité Ejecutivo Nacional en desmedro los comités locales. Por el contrario, en el sistema federativo la propaganda y acción de cada entidad federada es dirigida por ella misma, manteniendo así su más absoluta autonomía sobre su propia actuación. La diferencia entre uno y otro modelo también se expresa en la diferente concepción entre un Comité Ejecutivo y una Comisión Federal: “Ninguna centralización de fondos ni de poderes en esta federación subsisten; la comisión federal es convertida en una especie de oficina de relaciones meramente. Las operaciones de resistencia no se sujetan a sanciones o autorización de ninguna clase. Todos los asuntos quedan sometidos a las entidades pactantes, en uso de su libertad y soberanía, sin exhibición alguna. La Comisión Federal no es mas que lo que debe ser: una comisión servidora de los intereses generales, no gobernadora”.
Es importante destacar la doble naturaleza o función que cumple la organización gremial para Pellico. En primer lugar, las asociaciones gremiales cumplen una función económica en su lucha contra la patronal destinada a la obtención de mejoras inmediatas; y en segundo lugar, las asociaciones gremiales cumplen una función revolucionaria destinada a lograr la completa emancipación de los trabajadores. Ambas funciones tienen dentro de la organización federativa dos tipos de organizaciones diferentes: la función económica es llevada adelante por la federación de oficio, en cambio, la función revolucionaria es llevada adelante por la federación local. La primera nuclea a sociedades gremiales de distintas localidades pertenecientes a un mismo oficio o actividad. La segunda nuclea a todas las sociedades gremiales de una misma localidad independientemente del oficio o actividad que representan. Se puede apreciar que la federación de oficio tiene como límite de actuación el oficio o actividad que representa, siendo por lo tanto una unión de tipo corporativo con un claro perfil reformista ya que sólo puede aspirar a obtener mejoras para ese oficio o actividad. En cambio, la federación local no tiene ningún límite de actuación de tipo corporativo, disolviendo por el contrario toda diferenciación de tipo profesional, teniendo como límite de actuación sólo el espacio territorial en el que se circunscribe. Esta única limitación se supera según Pellico con la unión de todas las federaciones locales de un país en una federación regional, y finalmente, las de todos los países en una federación internacional. El carácter revolucionario de la federación local procede del hecho de que supera la diferencia artificial entre grupos profesionales, permitiendo una unión basada exclusivamente en el origen de clase y que responde a la reivindicación histórica de los trabajadores: “La federación local, partiendo del concepto del trabajo, y funcionando como organismo social, sienta las bases de la sociedad del porvenir. Merece, pues, tal organización los cuidados y celo de todos los trabajadores, porque integra la comuna revolucionaria y la comuna libre”9.
Si bien la FORA no adoptará el mismo pacto de solidaridad elaborado por Pellico, el que finalmente adopte respetará los grandes lineamientos trazados por este último: sistema federativo, autonomía de las asociaciones de base, Comisión Federal como centro de relaciones, federaciones locales y de oficio, etc. La impronta ácrata trazada por Pellico como principio de la organización gremial se completará recién en su Vº Congreso cuando la FORA adopte el comunismo anárquico como doctrina.
Notas:
1) Godio Julio; Los orígenes del movimiento obrero, CEAL, 1971, p. 148
2) La declaración hace referencia de una tentativa de Federación Obrera impulsada en 1896 que finalmente fracasó.
3) Oddone Jacinto; Historia del socialismo argentino, CEAL, 1983, Tomo I, p. 63
4) El primo era Rafael Farga Pellicer y fue delegado español en los Congresos de Basilea (1869) y de La Haya (1872) de la Primera Internacional. En este último Congreso fue uno de los delegados que votó en contra de la expulsión de Bakunin. Luego participaría como delegado en el Congreso de Bruselas (1874) de la Internacional Bakuninista con el seudónimo de J. Gómez.
5) La Protesta Humana; Año IV, Num. 102, 8 de diciembre de 1900, p. 2
6) La Protesta Humana; Año IV, Num. 103, 15 de diciembre de 1900, p. 2
7) La Protesta Humana; Año IV, Num. 100, 24 de noviembre de 1900, p. 2
8) La Protesta Humana; Año V, Num. 105, 5 de enero de 1901, p. 3
9) La Protesta Humana; Año V, Num. 107, 19 de enero de 1901, p. 2