Desde el año 2008 CGT viene desarrollando un trabajo especifico encaminado a la reclamación de cantidad del valor real de la hora extraordinaria. Ha sido un proceso largo, dado que los distintos Tribunales Superiores de Justicia sentenciaban sobre el asunto con criterios demasiado heterogéneos, creando confusión en cuanto a la consideración de horas extras y las que se computan como de toma y deje y, por lo tanto, diferenciando las del personal operativo de las de los MM.II.
CGT no cejó en el empeño de sacar adelante una reivindicación que era claramente justa, denunciando una situación que incidía negativamente en las percepciones salariales de los trabajadores que realizaban cualquier exceso de jornada.
A nuestras demandas se fueron sumando las demás organizaciones sindicales, hasta llegar a la sentencia pronunciada por el tribunal Supremo en la que nos da la razón sobre el derecho a que el valor de las horas extraordinarias se abonen según el valor real de la hora ordinaria.
CGT no cejó en el empeño de sacar adelante una reivindicación que era claramente justa, denunciando una situación que incidía negativamente en las percepciones salariales de los trabajadores que realizaban cualquier exceso de jornada.
A nuestras demandas se fueron sumando las demás organizaciones sindicales, hasta llegar a la sentencia pronunciada por el tribunal Supremo en la que nos da la razón sobre el derecho a que el valor de las horas extraordinarias se abonen según el valor real de la hora ordinaria.
CGT, desde el inicio de este proceso, ha realizado diferentes acciones orientadas a dar cobertura para que todo aquel trabajador que, habiendo realizado horas extras, o que tenga derecho a la percepción del toma y deje en el último año, presente la reclamación correspondiente.
También hemos de reseñar que CGT ha conseguido, por la vía judicial, que las demandas después de la sentencia del T.S. sean abonadas de inmediato en la nómina (la última, 6000€ a favor de un Factor de Circulación).
Queremos, una vez más, trasladar a todo el personal con derecho a la percepción de las cantidades reclamadas por los conceptos aludidos, a que se ponga en contacto con nuestros delegados en las diferentes Secciones Sindicales de cada ámbito, para llevar a cabo las demandas correspondientes a la mayor brevedad. Cada día que pase son cantidades perdidas, dado que las reclamaciones son válidas para los últimos doce meses.
SFF CGT
http://www.sff-cgt.org/comunicados/2012/comunicado_050.html
Fuente: SFF CGT