La semana pasada el Juzgado de lo Social Nº 9 emitió una sentencia en la que daba otra vez la razón a CGT sobre el tema del “bocadillo”.

En esta ocasión la sentencia es el resultado de una demanda puesta por CGT, ACTUB y PSA contra la Dirección de TMB en la que le reclamabamos daños y perjuicios por no haber podido disfrutar del descanso del bocadillo.

 

El fallo del Juzgado condena a TMB a pagar a 666 conductores/as 4,08€ por cada día que no disfrutamos del descanso del “bocadillo” entre el 21-03-2007 y el 05-05-2008.

El importe total de la condena es de 483.700,32 EUROS. Contra esta sentencia cabe recurso pero en esta ocasión el juez obliga a la empresa a depositar el importe integro de la condena en una cuenta de BANESTO advirtiendo a TMB que sin este requisito no será admitido su recurso.

 

El fallo del Juzgado condena a TMB a pagar a 666 conductores/as 4,08€ por cada día que no disfrutamos del descanso del “bocadillo” entre el 21-03-2007 y el 05-05-2008.

El importe total de la condena es de 483.700,32 EUROS. Contra esta sentencia cabe recurso pero en esta ocasión el juez obliga a la empresa a depositar el importe integro de la condena en una cuenta de BANESTO advirtiendo a TMB que sin este requisito no será admitido su recurso.

Tan pronto se tuvo conocimiento de la sentencia los compañeros del Comité de convenio nos pusimos en contacto con la Dirección para solicitarle dos cosas: No retrasar nuevamente la aplicación de la sentencia con recursos y más recursos y que ésta se aplicara a todo el colectivo de conductores/as, independientemente de estar o no incluidos en la demanda.

Lamentablemente, la Dirección de TMB sigue sin cambiar de estrategia y nos comunica que no piensa aceptar ninguna de nuestras peticiones y nos adelanta la noticia de que piensa recurrir la sentencia y no está dispuesta, en caso de perderla definitivamente, a aplicarla a todo el colectivo.

La posición numantina de la Dirección nos obliga también a los denunciantes a recurrir igualmente la sentencia pidiendo que se contabilice en ella un año más a efectos de indemnización contando para atrás desde el 21-03-2007 (fecha en la que se emitió la primera sentencia en la que se nos reconocía el derecho que tenemos los conductores/as al descanso del bocadillo) hasta el 21-03-2006. En caso de ser atendido nuestro recurso se le tendría que sumar a los 483.700 € ya ganados unos 125.000 € más.

Sobre el tema del “bocadillo” ya estamos acostumbrados a ser pacientes y no nos puede desesperar las maniobras que hace la empresa para alargar la fecha en la que por fin se haga justicia con los conductores/as. El recurso que ha anunciado la Dirección tendrá que ser resuelto por el Tribunal Superior de Catalunya que según la experiencia que tenemos en estos termas puede tardar unos seis meses en emitir su fallo y esperamos que en esta ocasión TMB no lleve el tema al Tribunal Supremo.

CGT TMB

CGT Bus de TMB

Fuente: CGT TMB