El principio del verano madrileño ha traído consigo una serie de noticias ante las que los y las abajo firmantes no consideramos tener más remedio que posicionarnos públicamente : el incumplimiento, por parte de la Comunidad de Madrid, del convenio colectivo del Metro, y la consiguiente huelga de los trabajadores y trabajadoras del mismo.
Ante dicho suceso, queremos manifestar nuestro más rotundo y claro apoyo al cumplimiento íntegro de los artículos 37 y 28 de la Constitución española (derechos fundamentales de negociación colectiva, huelga y libertad sindical), conculcados por la actuación de la Presidenta de Madrid, Doña Esperanza Aguirre, quien parece desear apuntalar su carrera política sobre las espaldas de los trabajadores madrileños. La fuerza vinculante de los convenios colectivos nos parece una parte esencial e irrenunciable de cualquier sistema mínimamente democrático de relaciones laborales, lo que nos indica la evidente ilegalidad e ilegitimidad de la actuación de la Comunidad de Madrid, al incumplir notoriamente el convenio del Metro.
Asimismo, expresamos nuestro claro apoyo y solidaridad para con la huelga llevada a cabo por los trabajadores del Metro de Madrid, en defensa de sus derechos y de su convenio colectivo. Entendemos que dichos trabajadores están defendiendo los derechos democráticos, lo derechos de todos, frente a la marea de ajustes que tratan de descargar el coste de la crisis generada por los especuladores sobre los más débiles, anegando nuestro incompleto Estado del Bienestar.
Es por todo ello, que rubricamos el presente escrito, en Madrid, a 3 de julio de 2010.
Nuevas adhesiones pueden enviarse a apoyohuelgametro@yahoo.es
Ver firmantes en :
http://www.kaosenlared.net/noticia/manifiesto-apoyo-huelga-metro-madrid
Para quien aún no sepa que lo pretendido por la Comunidad es ilegal y que
el conflicto en Metro no es económico sino una vulneración del Derecho
Laboral y Constitucional (artículo 37 de la Constitución) :
Para quien dude de la voluntad de los trabajadores por alcanzar un acuerdo :
17 Junio : quedan convocados los paros en asamblea para los días 28,29 y 30 (con servicios mínimos el 28)
24 Junio : concentración en la Asamblea de Madrid ; ante la carga policial
varios compañeros salen heridos y magullados (¿medios ?)
28 Junio : huelga con servicios mínimos ; la Comunidad aprueba la ley ;
manifestación en Sol ; Asamblea para confirmar paros sin servicios mínimos ; la Comunidad, desde el día 17, no da señales de vida.
29 y 30 Junio : Metro sin servicio. Criminalizados, se transmite que el
conflicto es económico. Ningún medio indaga sobre el verdadero origen del
conflicto.
1 y 2 de Julio : huelga con servicios mínimos.
3 de Julio hasta 12 de Julio : servicio normal
Ante la inoperancia de la Comunidad (ya sabemos lo malo que es el calor
para la capacidad de raciocinio), se renuevan los paros los días 14 y 16
de Julio (de momento).
¿Cuántas reuniones mantuvo la empresa antes del 28 ? 0
¿Cuántas desde el 1 de Julio hasta el día 12 ? 4 (verdadero indicador de su
ca-pa-ci-dad de trabajo….)
De lo poco acordado, todo han sido concesiones en el campo de la masa
salarial ; del resto de conceptos no se habla (por parte de la empresa,
claro)
De una empresa que gestiona 1200 millones de euros, recortar 8 millones
¿sólo es posible de los salarios ? Es un insulto a la inteligencia y un
ejercicio de mala voluntad.
Como ejemplo, información de uno de los capítulos que se niegan a tocar :
publicidad.
http://www.publico.es/espana/327352/metro/madrid/dispara/gasto/publicidad
Servicios mínimos abusivos
De forma sistemática se establecen –según gerencias- entre el 50 y el 90%
del servicio. Sin palabras. Máxime cuando hay indicaciones donde esos
servicios deberían quedar : hora punta de mañana y tarde (6 a 9 ; 17:30 a
20:30) al 40% ; resto de horarios sin servicio. Muy interesante para
aquellas personas “confundidas” con lo que son unos servicios mínimos
reales.
Aviso para cualquier trabajador no funcionario de España
¿Se puede afirmar que lo pretendido en Metro de Madrid – a saber,
vulneración de la legislación vigente respecto a los convenios colectivos-
está sirviendo de laboratorio para calibrar la respuesta ante la posible
modificación de la legislación laboral respecto a la vigencia de los
convenios ? SI.
En castellano : conviene saber que en España las relaciones
empleado-empleador se rigen por convenios (propios, sectoriales,
provinciales) donde se recogen las condiciones (económicas, vacaciones,
etc) que afectan a cualquier trabajador (sea una tienda como una gran
empresa).
De prosperar la vulneración de la ley POR PARTE DE UNA ADMINISTRACIÓN, ¿quién impedirá a un empresario privado desvincularse y modificar las condiciones de cualquier trabajador ? ¿Por qué no ha trascendido el verdadero alcance de lo aquí pretendido ?