El juzgado de instrucción nº26 de Madrid archiva la denuncia de Telefónica contra la delegada y los de de Madrid (AST, CGT y STC) que se concentraron en el Distrito C para protestar por la firma de un mal convenio. El informe de la fiscal echa por tierra cada una de las acusaciones de violencia que Telefónica y las ejecutivas de CCOO, UGT y STC hicieron contra ella y contra ellos.

El juzgado de instrucción nº26 de Madrid archiva la denuncia de Telefónica contra la delegada y los de de Madrid (AST, CGT y STC) que se concentraron en el Distrito C para protestar por la firma de un mal convenio. El informe de la fiscal echa por tierra cada una de las acusaciones de violencia que Telefónica y las ejecutivas de CCOO, UGT y STC hicieron contra ella y contra ellos.

El juzgado sobresee y archiva las diligencias previas para todos los delegados, excepto para uno de ellos sobre el que insta a Telefónica a utilizar el trámite abreviado por si se hubiera producido un delito de daños (rotura del cristal) o, bien, que lo desestime si lo cree conveniente.
Lo que más llama la atención es el informe que presentó la fiscal. En él desmonta cada una de las acusaciones que Telefónica utilizó en la demanda penal, las mismas que en la apertura de los expedientes. Por tanto, el informe deja en evidencia que los alegatos de los sindicatos firmantes contra « nuestra violencia » no fueron mas que una cortina de humo que ocultaba la firma de un mal convenio y que, en nuestra opinión, dieron pié a la apertura de los expedientes.

La fiscal contextualiza lo acontecido « dentro de un proceso negociador » y aclara que : no se produce allanamiento porque la entrada al edificio fue libre y con el consentimiento de sus moradores ; las supuestas injurias no son constitutivas de delito porque ni tan siquiera el ofendido (un vigilante) presentó denuncia ; respecto de las coacciones, dice que se producen en ese mismo contexto y reconoce que, habiéndose convocado huelga, dentro de ese proceso negociador la huelga es un medio de coacción y presión en sí ; las amenazas, continua la fiscal, obedecen a la tensión del momento y tampoco pueden tener la entidad de delito. Incluso respecto a la rotura del cristal dice que « …de probarse sería consustanciales a la presión propia de la conducta de los huelguistas desarrollaron y por tanto no tiene entidad autónoma sino que deberán englobarse dentro de la conducta coactiva dentro de la responsabilidad civil. »

En http://www.nodo50.org/cgt-telecomunicaciones/

Sindicato Federal del Telefónica CGT


Fuente: Sindicato Federal del Telefónica CGT