En el pasado mes de Septiembre, CGT convocó huelga indefinida en los centros de trabajo de Daibus en Andalucía (Algeciras, Marbella, Málaga y Guarroman (Jaén)) ante los atropellos que esta empresa de transporte de viajeros por carretera viene cometiendo reiteradamente contra sus trabajadores/as, recordamos que esta empresa tiene la concesión del Ministerio de Fomento de la línea Madrid-Costa del Sol-Algeciras.
La actitud empresarial de incumplir servicios mínimos utilizando a conductores ajenos a la empresa, en una práctica salvaje de esquirolaje, llevó que la huelga se tuvo que desconvocarse sin alcanzar los objetivos marcados. CGT ante las conductas ilícitas e inconstitucionales de DAIBUS, tanto en Algeciras como en otras estaciones planteó además de denuncia ante la Inspección de Trabajo del Campo de Gibraltar, demanda ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía instando a que se declarasen vulnerados los Derechos Fundamentales de Huelga y Libertad Sindical de sus trabajadores, celebrándose el juicio en la sala de lo Social de Sevilla el pasado mes de Diciembre.
Ahora el TSJA ha dictado sentencia Nº 54/09 por la que condena a Daibus por vulneración de Derechos Fundamentales declarando la “nulidad radical de tal conducta” que ha provocado “manifiestos daños morales y materiales tanto en el sindicato convocante (CGT) como en los trabajadores que se sumaron a la huelga…. en atención a esas y demás circunstancias concurrentes se cuantifican dichos daños morales y materiales en 15000€ de indemnización”.
Es la segunda vez que Daibus se ve obligada a indemnizar a CGT y a sus trabajadores por violar sus derechos fundamentales, anteriormente fue condenada a una indemnización de 10000€ en otro proceso de huelga.
CGT pedirá a los dueños de la empresa el cese fulminante del verdadero responsable de la conflictividad en Daibus, el director gerente, Juan A. Montoya,
Fuente: Rafael Fenoy Rico