El Juzgado de lo Social número 3 de Las Palmas de Gran Canaria ha dado la razón a una trabajadora del Instituto de Atención Social y Sociosanitaria que demandó a la empresa tras ser sancionada por lo que se consideró una falta de respeto al director de Enfermería, Miguel Monzón Geara. La sentencia, firme y contra la que no cabe recurso, estima que no existió tal conducta irrespetuosa por parte de la empleada, actualmente de baja médica por depresión tras 27 años como fisioterapeuta en el Instituto AS.
SANDRA LUJÁN. Las Palmas de Gran Canaria
Los hechos se remontan a junio del pasado año, cuando Magdalena León Massieu se marchó de una reunión, convocada por el director de Enfermería, tras manifestar su desacuerdo con lo hasta el momento expuesto por el propio Monzón Geara. Según consta en la sentencia de 8 de mayo, el responsable de Enfermería alegó que “las actividades lúdicas y de ocupación del tiempo libre eran más importantes en ese centro -El Sabinal- que las de rehabilitación, pues los pacientes eran más candidatos a aquéllas que a éstas”.
Tras lo ocurrido, la empresa decidió abrirle un expediente disciplinario a Magdalena León por entender que ésta había incurrido en una “falta grave de falta de respeto a sus superiores (…) por que levantó la voz de forma alterada, se marchó de la reunión y salió dando un portazo”. La empresa resolvió sancionar a la trabajadora con suspensión de empleo y sueldo durante tres días, sanción que se hizo efectiva entre el 23 y el 25 de noviembre de 2004 y que fue motivo de demanda por parte de Magdalena.
Una vez escuchadas ambas partes y seis testigos de los hechos, la jueza considera en su sentencia que la conducta de Magdalena León, “independientemente de que fuere de una forma u otra, dada la poca relevancia, y dada la escasa gravedad, en su caso podría haberse sancionado como falta leve (…), por desatención con un superior”, pero en ningún caso mostrar su desacuerdo con las manifestaciones del director de Enfermería y salir de la reunión “puede ser considerada una falta de respeto grave, máxime atendiendo a la antigüedad de la trabajadora y a la falta de constancia en el presente de sanciones anteriores”.
Así las cosas, la magistrado-juez estima que “la infracción imputada y su consecuente sanción no se corresponden con la entidad de los hechos cometidos por la misma”.
La sentencia, firme al no ser susceptible de recurso de suplicación, revoca la sanción impuesta por la empresa contra Magdalena León Massieu, dejándola sin efecto y obligando al Instituto AS a abonar a la trabajadora los salarios dejados de percibir.
Los sindicatos “por fin” ven reconocido su trabajo
CCOO, sindicato al que ha estado vinculada Magdalena en los últimos años, expresaba este martes a CANARIASAHORA su satisfacción por la sentencia del Juzgado de lo Social. “En CCOO, junto con CGT e Intersindical Canaria, por fin estamos viendo los frutos de una labor que llevamos años desarrollando”, basada en denunciar “la persecución que sufren los trabajadores simplemente por tener ideas contrarias a la empresa”, declara Rosabela Martínez, delegada de la sección sindical de Comisiones Obreras en el Instituto AS.
“Estamos hartos” de esta situación y “sólo queremos que se acaben este tipo de presiones, se terminen las tensiones y la gente venga a trabajar a gusto”, expone Martínez.