CGT ha presentado un escrito de impugnación del convenio de Renault España 2004-06 ante la Dirección General de Trabajo al entender que el texto puede contener aspectos ilegales como el contrato de relevo, la bolsa de horas, el plus de antigüedad de los nuevos contratos o el artículo 63, sobre la jubilación obligatoria a los 65 años.
El delegado general de CGT en Renault España, Joaquín González Díaz, explicó que el escrito se ha presentado en Madrid después de haber realizado, como advirtieron a la hora de la firma del convenio « que no rubricó el sindicato », un estudio detallado por si pudiera tener puntos que no se ajustase a la legalidad vigente.
Después de recibir el convenio hace unos doce días se ha realizado un análisis en profundidad, según González, y se han advertido aspectos que «pueden no ser legales», aunque consideran que hay uno que «claramente» no lo es, como la jubilación obligatoria a los 65 años.
En concreto, en lo que se refiere al contrato de relevo, la legislación es bastante amplia en este sentido y permite fijar acumular la jornada de trabajo, aclaró. Así, el 15 por ciento de la jornada que tiene que trabajar el relevado que pasa a una jubilación parcial, y la ley permite acumularlo por semanas, meses o años, «pero lo que no dice nada la ley es de fijar la jornada de forma irregular».
Por esta razón, aseguró que el convenio desarrollado por los firmantes es que la empresa podrá hacerlo, por lo que entienden que no está dentro de la legalidad.
Otro de los aspectos que pueden ser ilegales es la bolsa de horas, que se ha visto ampliada a +25 días de saldo positivo y, con esa suma y la jornada máxima establecida en el convenio se supera «en unas cuantas horas» la jornada máxima anual marcada por el Estatuto.
Lo que también roza la ilegalidad es la eliminación del plus de antigüedad para nuevos ingresos a partir de una determinada fecha, lo que hace es establecer dos escalas variables, los que cobran y los que a partir de un día no harán.
Finalmente, lo que es clarísimo que es ilegal que figure en el convenio es el artículo 63, que venía de años atrás y que establecía la jubilación obligatoria a los 65 años, cuando ya hay sentencias de la Audiencia Nacional en las que se determina que con la legislación que hay ahora no se puede establecer.
Las repercusiones que tendría la aceptación de esta impugnación serían la devolución del convenio a Renault, que tendría que reunir a las partes para corregir los aspectos considere ilegales, en caso de que lo hiciera con alguno. Si el sindicato no obtuviera la razón por esta vía, se plantearían la posibilidad de acudir a los juzgados de lo Social.
González aseguró que espera que la Dirección General de Trabajo de una resolución en un plazo que oscila entre los 15 días y un mes.