
Este despido fue revocado por el Tribunal Supremo, condenando a la empresa a la readmisión, así como al abono de los salarios de tramitación, y a la devolución de las prestaciones devengadas por el INEM.
Al final de la sesión el juez ha decretado la ampliación de la denuncia por la falta de evaluación de riesgo de vertidos radiactivos en su puesto de trabajo, contra todas las empresas que han pasado por la gestión de la depuradora desde 1970 año del accidente en el reactor del actual CIEMAT,UTE ERAR" la china(Isolux Corsán y Sice), CADAGUA, IMES(hoy IMES API), PRIDESA(hoy ACCIONA) y FOMENTO, sus aseguradoras, el CYII, Ayto. de Madrid y CSN.
En opinión del único denunciante de la plantilla, que no forma parte del comité de empresa o salud laboral, “lo que aquí nos jugamos es el derecho que aún tenemos los trabajadores para no ser muertos en nuestro puesto de trabajo, ni más ni menos”. Se aplaza el juicio hasta después del verano, pero no hay duda de que antes de final de año podría haber una sentencia. Quizás con este juicio alcancemos a comprender porque dos empresas, Sice e Isolux Corsán, subcontratas defienden los intereses de los que tiran radioactividad al alcantarillado; el por qué lo hacen los representantes de los trabajadores siempre nos resultará incomprensible.
http://www.villalbasemueve.es/index.php?option=com_content&view=article&id=551:juicio-contra-la-depuradora-de-la-china&catid=128:medio-ambiente&Itemid=517
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